Acordada nº 93 de Corte Suprema de Justicia, 16 de Diciembre de 1986

PresidenteRaúl Sapena Brugada
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 1986
EmisorCorte Suprema de Justicia

En la Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los diez y seis días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y seis, siendo las diez horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia el Excmo. señor Presidente Prof. Dr. L.M.A. y los Excmos. señores Miembros Dres. Justo P.O., J.A.C., F.P.O. y A.F.V., por ante mí el secretario autorizante;

DIJERON:

Habida cuenta el lenguaje procaz e indebido utilizado por ciertos Abogados a través de sus escritos profesionales y particularmente el enfrentamiento protagonizado en los últimos días por dos Abogados del foro, a través de declaraciones formuladas a la prensa que no condicen con el ejercicio de la defensa.

Por tanto, y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 29 Inc. "A" de la Ley 879, "Código de Organización Judicial", la

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACUERDA

Art. 1° Llamar la atención a los Abogados sobre la necesidad de moderar el lenguaje tanto en los escritos judiciales como en sus declaraciones a la prensa oral y escrita, recomendándoles el uso de un lenguaje propio sin adjetivaciones ofensivas, que de ninguna manera fortalecen el ejercicio de la defensa y sí desprestigian el concepto que se tiene del Abogado en sociedad.

Art. 2° Anótese, regístrese, notifíquese.

Firmado: L.M.A., J.P.O., J.A.C., F.P.O., A.F.V..

Ante mí: C.D.A.L..

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