Acordada nº 17 de Corte Suprema de Justicia, 30 de Junio de 1989
Presidente | Luis Martínez Miltos |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 1989 |
Emisor | Corte Suprema de Justicia |
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los treinta días del mes de junio de mil novecientos ochenta y nueve, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia el Excmo. Señor Presidente Prof. Dr. J.A.C., los Excmos. Señores Miembros Profesores Dres. J.I.B., F.P.O., A.G.L. y B.P.S., por ante mi el Secretario autorizante:
DIJERON:
Que habiéndose creado por el Presupuesto de Gastos de la Nación para el Ejercicio Financiero del presente año, un Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial y Tutelar del Menor del Segundo Turno en la Circunscripción Judicial de Pto. P.. S. con sus respectivas S..
Ante dicha creación se hace necesario la distribución equitativa de los Expedientes que radican actualmente en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y Tutelar del Menor en la Circunscripción Judicial de Pto. P.. S. . Asimismo es conveniente la ordenación numérica de ambas Secretarías y Juzgados, igualmente establecer el turno que deben corresponderles.
Por tanto, y de conformidad al Art. 29 de la Ley Nº 879/81 "Código de Organización Judicial", la
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Art.1º: Distribuir los expedientes que radican en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y Tutelar del Menor de la Circunscripción Judicial de Pto. P.. S. teniendo en cuenta la letra inicial del Primer Apellido y en caso de ser varios en un mismo expediente, el que figure en primer término. Corresponderá a la Secretaría recientemente creada las letras A, B, E, F, I, K, LL, N, X, Q, S, U, W, Y.
Art. 2º: Establecer los números 1 y 2 para las Secretarías del Juzgado de Primera Instancia en Civil, Comercial, Laboral y Tutelar del Menor de la Circunscripción Judicial de Pto. P.. S. , y Primero y Segundo Turno para los Juzgados respectivos.
Art. 3º: Disponer que dichas S. entren de Turno durante quince días, correspondiendo la primera quincena de julio al Juzgado y Secretaría existente y la segunda quincena al Juzgado y Secretaría recientemente creadas y así sucesivamente respecto a cada Juzgado y Secretaría.
Art. 4º: A., regístrese, notifíquese.
Firmado: J.A.C., F.P.O., J.I.B., A.G.L., B.P.S..
Ante mí: C.D.A.L..
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