Ley No. 6440.- Que aprueba el Acuerdo sobre Cooperación Cultura entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno del Estado de Qatar
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ACUERDO SOBRE COOPERACIÓN CULTURAL ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
Y
EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QATAR
El Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno del Estado de Qatar, en adelante denominados “las Partes”;
Deseando fortalecer las relaciones bilaterales existentes, basadas en la amistad entre los dos países como también promover la cooperación cultural en el campo de la cultura conforme a las legislaciones aplicables en ambos países;
Convencidos que, la cooperación de los mismos en el campo cultural contribuirá al mejor entendimiento de las culturas y comunidades de ambos países;
Destacando la importancia del rol del dialogo cultural para fortalecer y afianzar las relaciones bilaterales entre los mismos;
Han acordado lo siguiente:
Artículo 1
Las Partes fomentarán una concienciación y una mejor comprensión de las artes y las manifestaciones culturales de ambos pueblos por medio del intercambio de expertos y la realización de actividades culturales.
Artículo 2
Las Partes consolidarán la cooperación cultural y la participación en simposios, actividades, competencias, concursos, exhibiciones, exposiciones, conferencias, seminarios, reuniones y cualquier otro evento celebrado en ambos países.
Las Partes realizarán además consultas para coordinar en forma conjunta sobre las cuestiones culturales, al margen de los seminarios, conferencias y reuniones internacionales.
Artículo 3
Las Partes promoverán y desarrollarán la cooperación entre las instituciones, bibliotecas y otras instituciones culturales encargadas de salvaguardar los documentos históricos. De igual modo asegurarán el acceso de sus investigadores a los materiales conservados en las instituciones mencionadas.
Artículo 4
Cuando sea apropiado, las Partes apoyarán y prestarán su asistencia para la formación de especialistas culturales en el marco del presente Acuerdo.
Artículo 5
Las Partes...
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