PROYECTO-D-1746111 - Primer trámite constitucional - Ingreso de expediente - CAMARA DE DIPUTADOS
Fecha | 04 Diciembre 2017 |
Etapa | Primer trámite constitucional - Ingreso de expediente - CAMARA DE DIPUTADOS |
“Sesquicentenario de la Epopeya Nacional. 1864 - 1870”
Congreso Nacional
Honorable Cámara de Diputados
Asunción, 6 de diciembre de 2017.
Señor
Dip. Nac. Pedro Lorenzo Alliana Rodríguez, Presidente
Honorable Cámara de Diputados.
PRESENTE:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, y por su intermedio a los demás señores Diputados de la Nación, con el objeto de presentar el Proyecto de Ley QUE CONCEDE PENSIÓN GRACIABLE A LOS SEÑORES MARIANO CATALINO PESOA, ALDO ANDRÉS FLORENTÍN, AMADO PÉREZ CASTILLO.
Haciendo un poco de historia, los ciudadanos mencionados han sido partícipes de La Copa América de 1979, en aquel entonces Paraguay seguía sin acceder a los mundiales subsiguientes, hasta que en 1979 se reencuentra con el éxito a nivel continental logrando por segunda ocasión la Copa América reafirmando así su condición de sólido contendiente en la región. Dicho certamen se disputó entre el 18 de julio y el 12 de diciembre de 1979. Indudablemente ese fue un año cargado de gloria para el fútbol paraguayo pues, el seleccionado conquistaba por segunda vez la Copa América venciendo a Chile.
El presente proyecto tiene como fundamento conceder a los señores MARIANO CATALINO PESOA, ALDO ANDRÉS FLORENTÍN, AMADO PÉREZ CASTILLO, quienes formaron parte del equipo paraguayo que se coronó como Campeón de América en 1979, pensiones graciables, pues los mismos poseen una larga trayectoria en calidad de futbolistas, quienes a través de sus carreras han otorgado al Paraguay, como ya hemos dicho, nada más y nada menos que el título de Campeón de América, colocando el nombre de nuestro país en importantes sitiales, y a ese efecto, se acompaña los antecedentes históricos de aquella hazaña.
En ese sentido, teniendo en cuenta lo que estos ciudadanos nos han brindado, como valiosos referentes de la profusión del deporte nacional, y que actualmente llevan una vida con situaciones económicas difíciles de sobrellevar, se recurre al espíritu solidario de los señores legisladores para que los mismos puedan acceder a otorgar estas pensiones graciables y de esa forma contribuir a los mismos lleven una vida digna y justa, como una retribución del estado por todo el legado que nos han dejado.
Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para saludar a Vuestra Honorabilidad muy respetuosamente.
Diputados Firmantes: Néstor Ferrer, Dionisio Amarilla, Amado Florentín, Julio Javier Ríos.
LEY N°
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A VARIAS PERSONAS
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°. - Concédese pensión graciable de G. 1.500.000 (guaraníes un millón quinientos mil) mensuales, a favor del señor MARIANO CATALINO PESOA, con C.I. N°435.253, destacado exponente del deporte paraguayo.
Artículo 2°. - Concédese pensión graciable de G. 1.500.000 (guaraníes un millón quinientos mil) mensuales, a favor del señor ALDO ANDRÉS FLORENTÍN, con C.I. N°536.120, destacado exponente del deporte paraguayo.
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