Acordada nº 1319 de Corte Suprema de Justicia, 9 de Julio de 2019

Presidente del tribunalEugenio Jiménez Rolón
Número de registro1905
Fecha09 Julio 2019
Número de sentencia1319

ACORDADA Nº 1319


POR LA CUAL SE MODIFICA LA ESTRUCTURA DEL ORGANIGRAMA DEL CENTRO INTERNACIONAL DE ESTUDIOS JUDICIALES.-


En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los nueve días del mes de julio del año dos mil diez y nueve, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. E.J.R. y los Excmos. Señores Ministros D.L.M.B.R., G.E.B. de M., C.A.G., A.J.M.S., A.F., M.P.C., M. de J.R.C., ante mí, el Secretario autorizante;


D I J E R O N:


Considerando los antecedentes y marco normativo institucional en materia de capacitación de jueces y funcionarios judiciales, se ha creado del Centro Internacional de Estudios Judiciales (CIEJ), a través de las Resoluciones de la Corte Suprema de Justicia Nº 115/1996, 636/1999 y 637/1999, que establecen la estructura orgánica y reglamento de funcionamiento del mismo, en sus Divisiones de Capacitación e Investigación.


En virtud a la misión institucional de administrar justicia oportuna, tutelando los derechos de las personas y poblaciones, resolviendo conflictos jurídicos con igualdad y transparencia, la Corte Suprema de Justicia, debe tomar las previsiones necesarias para fomentar y fortalecer el factor humano al servicio del Justiciable, enarbolando los valores de servicio de calidad y eficiencia, siendo este también un eje transversal que debe atravesar todas las áreas de nuestra institución; por ello es menester potenciar el Centro Internacional de Estudios Judiciales y ahí encuentra la justificación en convertirlo en Dirección General con su respectiva reestructuración de sus dependencias.


Así también, en la Planificación Estratégica 2016-2020 de la Corte Suprema de Justicia, entre sus Objetivos Específicos y líneas de acción tiene proyectado mejorar y fortalecer el sistema integral de Gestión de Personas donde se potencie la capacitación permanente y sistemática de magistrados y funcionarios, el desarrollo del sistema de la carrera judicial y de la carrera administrativa judicial, por todo ello el Centro Internacional de Estudios Judiciales (CIEJ) adquiere un protagonismo vital, siento este el instituto rector y contralor de todas las capacitaciones destinadas a los funcionarios y M..


Estos objetivos son contestes con la Planificación Estratégica 2011- 2015 de la Corte Suprema de Justicia, que estableció en ese entonces como uno de sus objetivos estratégicos implementar una gestión de personas eficaz que contribuya a contar con magistrados/as y funcionarios/as idóneos, eficientes, honestos y comprometidos institucionalmente.


En consonancia con los compromisos asumidos por la Corte Suprema de Justicia en el marco de la Cumbre Iberoamericana de Justicia y otros organismos de cooperación y concertación entre los Poderes Judiciales realizados a nivel internacional, resulta necesario fortalecer de la capacitación judicial, como herramienta de mejoramiento de la gestión judicial.


Para que la capacitación se convierta en una herramienta de gestión institucional, es necesario que los estamentos involucrados posean protagonismo, proactividad y puedan orientar y estructurar la política institucional de capacitación judicial, además del respectivo


fortalecimiento que involucra los procesos de selección y formación de los docentes formadores judiciales, propiciar la transferencia de las buenas prácticas judiciales, valores institucionales como la ética, la transparencia, independencia, equidad e imparcialidad fundamentalmente.


La Corte Suprema de Justicia, debe asumir un rol activo en la definición de las políticas de capacitación judicial inicial y continua, cuya cobertura debe iniciarse desde la incorporación de los jueces y funcionarios a la institución, para luego adecuar el perfil profesional que la institución necesita para administrar justicia de forma eficiente. Por tal motivo, la Corte Suprema de Justicia debe establecer los criterios de formación y las competencias básicas de jueces y funcionarios judiciales para el desempeño laboral.


Asimismo resulta necesario vincular la capacitación judicial con la carrera judicial, articulando una política de recursos humanos transparente, con un sistema de promoción basada en los méritos y resultados, donde la capacitación no constituya un fin en sí mismo, sino un medio para alcanzar la excelencia en el ejercicio de las funciones judiciales.


Por ello, la conformación de una nueva estructura para la capacitación judicial responde a la necesidad de sistematizar la formación inicial, continua y especializada de los jueces y funcionarios de la institución, incorporando de manera transversal la utilización de nuevas tecnologías en la formación judicial, logrando así que la capacitación adquiera una función política y estratégica en los procesos de mejoramiento del sistema judicial, a partir de una estructura académica moderna, dinámica y fortalecida.


La Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones legales y constitucionales para dictar resoluciones y adoptar decisiones tendientes a la excelencia y eficacia de la administración de justicia, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3° inc. a) de la Ley 609/95 que organiza la Corte Suprema de Justicia y el Art. 29, inc. a), de la Ley 879/81Código de Organización Judicial.


Por lo tanto, en uso de sus atribuciones,


LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

A C U E R D A:


Art. 1º.- Modificar la estructura del Centro Internacional de Estudios Judiciales (CIEJ), elevar esta dependencia a Dirección General, disponer el cambio del organigrama a fin de sistematizar la formación inicial, instancia técnica curricular para el desarrollo de la formación permanente de jueces y funcionarios del Poder Judicial.


Art. 2º.- El Centro Internacional de Estudios Judiciales (CIEJ), en su carácter de Dirección General, tendrá como finalidad:

a) Orientar la política institucional en lo referente a la capacitación judicial, considerando los desafíos y las tendencias actuales en formación de jueces y funcionarios.-

b) Estructurar programas concordantes con las líneas referenciales consensuadas en el marco de las Cumbres Judiciales Iberoamericanas para la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales.-

c) Generar espacios de formación inicial, continua y especializada, de acuerdo a áreas y campos de estudios a fin de alcanzar el ejercicio de la carrera judicial.-Investigar la

organización y funcionamiento de la administración de la justicia con miras a fomentar su perfeccionamiento constante (investigación para el servicio), realizar estudios que aconsejen y propicien los cambios requeridos para el efecto, tanto en el orden legislativo como administrativo, y la indagación de los requerimientos de la sociedad en estas materias.-

d) Organizar y promover la orientación, educación permanente y capacitación del personal afectado a la administración de la justicia.-

e) Coordinar la implementación de la difusión de sus actividades, publicaciones, estudios, manuales de actuación, repertorios de fallos y similares.-

f) Planificar y Promover el desarrollo de los programas de formación de acuerdo a los lineamientos establecidos institucionalmente en todas las circunscripciones judiciales del país.-

g) Fomentar el desarrollo de proyectos de investigación, producción académica y doctrinaria en la ciencia jurídica.

h) D. y promover el uso de la tecnología adecuada y actualizada que permita su utilización creciente en las dependencias judiciales con miras a lograr los mayores niveles de eficiencia y seguridad.

i) Organizar la investigación de áreas especializadas del servicio, vinculadas a la actividad judicial, tales como la Historia Jurídica, el Derecho y la Legislación Comparada, la cooperación judicial internacional y formular recomendaciones en materia de capacitación y relaciones interinstitucionales e internacionales del Poder Judicial a esos efectos; y

j) En general, la organización y administración de cursos, seminarios, talleres, conferencias y similares a nivel local o internacional, así como la vinculación de las dependencias judiciales con redes informáticas nacionales e internacionales.


Art. 3º.- La Dirección General del Centro Internacional de Estudios Judiciales, será el órgano encargado del cumplimiento de los siguientes objetivos principales:

a) Dirigir la planificación estratégica para orientar la política institucional en lo referente a la capacitación judicial, considerando los desafíos y las tendencias actuales en formación de jueces y funcionarios.-

b) Estructurar, junto al equipo técnico, los programas concordantes con las líneas referenciales consensuadas en el marco de las Cumbres Judiciales Iberoamericanas para la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales.-

c) D., estructurar las líneas estratégicas y directrices para los espacios de formación inicial, continua y especializada, de acuerdo a áreas y campos de estudios a fin de alcanzar el ejercicio de la carrera judicial.-

d) Promover y dirigir el desarrollo de los programas de formación de acuerdo a los lineamientos establecidos institucionalmente en todas las circunscripciones judiciales del país.-

e) Fomentar el desarrollo de proyectos de investigación para el servicio, producción académica y doctrinaria en la ciencia jurídica para un mejor servicio judicial.-

f) Promover el uso de la tecnología en el desarrollo de los programas de formación.-

g) Promover el apoyo y la cooperación interinstitucional para el desarrollo de programas de formación para los auxiliares de justicia.-

h) Promover la capacitación de los M. y Funcionarios a nivel nacional e internacional.-

i) Fomentar la capacitación de M. y Funcionarios en gestión de despacho a fin de ofrecer al justiciable y al público en general un manejo con diligencia y eficiencia del despacho judicial y su secretaría.-

j) Desarrollar planes de seguimiento y monitoreo, al proceso de formación de jueces y funcionarios.-

k) Coordinar cooperaciones, acuerdos, convenios, pasantías académicas, y alianzas estratégicas entre las instituciones y los organismos competentes, tales como: universidades, organismos internacionales, escuelas o centros de capacitación internacional y otros vinculados, competentes en el área de formación judicial.-


Art. 4º.- El Centro Internacional de Estudios Judiciales (CIEJ), dependerá de la Corte Suprema de Justicia, a través de un Ministro Responsable, quien será el encargado de orientar las políticas institucionales.

La Dirección General será la encargada de la planificación y dirección de planes académicos de formación inicial, continua y especializada.-

Esta Dirección contará con una Secretaría, que será la encargada de coadyuvar y gestionar todas las cuestiones administrativas y académicas para el cumplimiento de los planes, proyectos, capacitaciones, etc.-

A su cargo la Dirección General contará con una dirección misional y una dirección operativa, la primera es la dirección académica, esta contará con una secretaría académica, la dirección académica se organizará en tres departamentos encargados de la educación virtual, de formación inicial e introductoria y de formación continua y especifica; la segunda; es la Dirección de Desarrollo y Apoyo que estará organizada en dos departamentos, el de Gestión de Becas y el de Logística.-

Art. 5º.-Aprobar los Anexos 1 y 2 que acompañan la presente acordada, que contienen la estructura orgánica y las funciones asignadas a las dependencias creadas.-


Art. 6º.- La presente Acordada entrará en vigencia a partir del 20 de agosto de 2019.-

Art. 7º.-Derogar la Acordada Nº 821 del 28 de mayo de 2013, dictada por la Corte Suprema de Justicia, “POR LA CUAL SE MODIFICA LA ESTRUCTURA DEL CENTRO INTERNACIONAL DE ESTUDIOS JUDICIALES (CIEJ), COMO CENTRO DE ENTRENAMIENTO JUDICIAL INTERNACIONAL E INSTANCIA TÉCNICA CURRICULAR PARA EL DESARROLLO DE LA FORMACIÓN PERMANENTE DE JUECES Y FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL” y todas aquellas normativas contrarias a esta acordada.-


Art. 8°.-Anotar, registrar, notificar.-




Ante mí:




ANEXO 1

ORGANIGRAMA


ANEXO 2

MANUAL DE FUNCIONES DEL CENTRO INTERNACIONAL DE ESTUDIOS JUDICIALES (CIEJ)


  1. Ministro Responsable


    El Ministro Responsable tendrá como funciones principales:

  2. Ejercer la representación institucional del Centro Internacional de Estudios Judiciales (CIEJ).

  3. Orientar el pleno desarrollo del CIEJ considerando las tendencias actuales a nivel regional y mundial.

  4. Liderar los procesos de evaluación y desarrollo institucional, así como la definición de políticas institucionales.

  5. Convocar a reuniones con los distintos estamentos del CIEJ para marcar pautas institucionales y desarrollar políticas académicas.

  6. Precautelar el rol del Centro Internacional de Estudios Judiciales (CIEJ) en su esencia institucional.

  7. Propiciar cooperaciones, acuerdos, convenios y alianzas estratégicas entre las instituciones y los organismos competentes, tales como: universidades, organismos internacionales, escuelas o centros de capacitación internacional y otros vinculados, competentes en el área de formación judicial.


  8. Dirección General


    La Dirección General del CIEJ tendrá las siguientes funciones principales:


  9. Dirigir el funcionamiento del CIEJ y velar por su normal y eficiente desenvolvimiento.

  10. Dirigir el CIEJ, respetando la política institucional respecto a las áreas de formación, capacitación e investigación.

  11. Elaborar el Plan Operativo Anual (POA) del CIEJ, sobre la base del plan Estratégico Institucional y responder a las necesidades de la institución.

  12. Estructurar el proyecto de presupuesto con las fuentes respectivas de financiamiento y elevar a la instancia pertinente para su aprobación y desembolso, para permitir la concreción del POA.

  13. Realizar un permanente seguimiento y evaluación de resultados de las actividades desarrolladas con los responsables de cada estamento.

  14. Elevar informes periódicos, al Ministro responsable acerca del desarrollo del CIEJ para tomas de decisiones y el fortalecimiento institucional.

  15. Acompañar al Ministro Responsable en la generación de ideas y propuestas de cooperaciones, acuerdos, convenios y alianzas estratégicas entre las instituciones y los organismos competentes, tales como: universidades, organismos internacionales, escuelas o centros de capacitación internacional y otros vinculados, competentes en el área de formación judicial.







  16. Dirección Académica


    La Dirección Académica del CIEJ tendrá como funciones principales:


  17. Dirigir el funcionamiento del CIEJ, en su dimensión técnico curricular.

  18. Dirigir la elaboración, modificación o ampliación de los programas curriculares.

  19. Controlar la aplicación de los planes y programas curriculares de las líneas de formación del CIEJ, así como de los apoyos didácticos y las técnicas e instrumentos para la evaluación del aprendizaje de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos.

  20. Promover y dirigir el desarrollo de los programas de Formador de Formadores de acuerdo a los lineamentos establecidos institucionalmente.

  21. Dirigir, controlar y desarrollar proyectos de producción académica relacionados con la vinculación del Centro con el área jurídica.

  22. Realizar un permanente seguimiento y evaluación de resultados de las actividades desarrolladas con los responsables de cada coordinación.

  23. 1. Departamento de Educación Virtual

    El Departamento de Educación Virtual tendrá como principales funciones:

  24. Dirigir el funcionamiento de la División de educación Virtual en su dimensión tecnológico-curricular.

  25. Apoyar en la elaboración, modificación o ampliación de los programas curriculares de acuerdo a las especificaciones tecnológicas.

  26. Dirigir la aplicación de los planes y programas curriculares en su modalidad virtual, en concordancia con las orientaciones emanadas del Departamento Académico.

  27. Precautelar el normal funcionamiento de la división en su esencia tecnológica.

  28. Dirigir, controlar y desarrollar proyectos de producción académica relacionados con el campus virtual.

  29. Acompañar y apoyar técnicamente a la División de Formación Inicial y a la división de Formación Continua y Especializada en todos los proyectos que requieran intervención tecnológica.

  30. Realizar un permanente seguimiento y evaluación de resultados de las actividades desarrolladas en la división y con los responsables de la División de Formación Inicial y de la división de Formación Continua y Especializada.

    3.2. Departamento de Formación Inicial e Introductoria

    El departamento de Formación Inicial e Introductoria tendrá como principales funciones:

  31. Dirigir el funcionamiento del Departamento de Formación Inicial e introductoria en su dimensión técnico-curricular.

  32. Diseñar, modificar o ampliar programas curriculares en el área de interés del CIEJ.

  33. Aplicar planes y programas curriculares de las líneas de formación del CIEJ, así como de los apoyos didácticos y las técnicas e instrumentos para la evaluación del aprendizaje de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos.





  34. Diseñar y desarrollar programas de Formador de Formadores de acuerdo a los lineamentos establecidos institucionalmente.

  35. Diseñar y desarrollar proyectos de producción académica relacionados con la vinculación del Centro con el área jurídica.

  36. Realizar un permanente seguimiento y evaluación de resultados de las actividades desarrolladas en la división y con los responsables del Departamento de Educación Virtual y del Departamento de Formación Continua y Especializada.

  37. Dirigir la aplicación de los planes y programas curriculares de formación inicial, en concordancia con las orientaciones emanadas del Departamento Académico.

  38. Precautelar el normal funcionamiento de la división en su esencia técnica curricular.

  39. Realizar un permanente seguimiento y evaluación de resultados de las actividades desarrolladas en el departamento y con los responsables del Departamento de Educación Virtual y el Departamento de Formación Continua y Especializada.-

    3.3. Departamento de Formación Continua y Especializada

    El departamento de Formación Continua y Especializada tendrá como principales funciones:

  40. Dirigir el funcionamiento del Departamento de Formación Continua y Especializada en su dimensión técnico-curricular.

  41. Diseñar, modificar o ampliar programas curriculares en el área de interés del CIEJ.

  42. Aplicar planes y programas curriculares de las líneas de formación del CIEJ, así como de los apoyos didácticos y las técnicas e instrumentos para la evaluación del aprendizaje de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos.

  43. Diseñar y desarrollar programas de Formador de Formadores de acuerdo a los lineamentos establecidos institucionalmente.

  44. Diseñar y desarrollar proyectos de producción académica relacionados con la vinculación del Centro con el área jurídica.

  45. Realizar un permanente seguimiento y evaluación de resultados de las actividades desarrolladas en la división y con los responsables del Departamento de Educación Virtual y el Departamento de Formación Inicial e introductoria.

  46. Dirigir la aplicación de los planes y programas curriculares de Formación Continua y Especializada, en concordancia con las orientaciones emanadas del Departamento Académico.

  47. Precautelar el normal funcionamiento de la división en su esencia técnica curricular.

  48. Realizar un permanente seguimiento y evaluación de resultados de las actividades desarrolladas en la división y con los responsables del Departamento de Educación Virtual y el Departamento de Formación Inicial.


  49. Dirección de Desarrollo y Apoyo

    La Dirección de Desarrollo y Apoyo del CIEJ, será la encargada de realizar las siguientes acciones operativas:

  50. Dirigir el funcionamiento administrativo del desarrollo de las actividades programadas por el CIEJ.

  51. Dirigir todas las políticas institucionales de becas, apoyo y ayuda estudiantil a los funcionarios.

  52. Gestionar convenios, memorándums de entendimiento o programas a nivel interinstitucional, asimismo con universidades a nivel nacional e internacional para la participación de M. y funcionarios a capacitaciones, estudios de grado o post- grado.-

  53. Dirigir, controlar y desarrollar proyectos de producción académica relacionados con la vinculación del Centro con el área jurídica.

  54. Arbitrar los mecanismos administrativos idóneos para el desenvolvimiento de las actividades.-

  55. Facilitar a los formadores las herramientas necesarias para el desarrollo de sus actividades de docencia en el marco de los proyectos y programas desarrollados por el CIEJ.-

  56. Elaborar criterios y diagnóstico institucional, con el objetivo de cubrir las necesidades, en cuanto a capacitación y desarrollo de recursos humanos, de los distintos ámbitos organizativos de la C.S.J., tanto en el área capital como en el interior del país.-

    4.1. Departamento de Gestión de Becas

    El departamento de Gestión de Becas tendrá como principales funciones:

  57. Elaborar planes interinstitucionales de gestión de Becas y Capacitaciones a M. y funcionarios de la Corte Suprema de Justicia.-

  58. Realizar convenios, memorándums de entendimientos, de cooperación interinstitucional a nivel nacional e internacional para el otorgamiento de becas y capacitaciones a M. y funcionarios de la Corte Suprema de Justicia.-

  59. Controlar y fiscalizar la aplicación de la acordada que reglamenta la concesión de Becas y Capacitaciones a M. y funcionarios de la Corte Suprema de Justicia.-


    4.2. Departamento de Logística

    El departamento de Logística tendrá como principales funciones operativas:

  60. Gestionar todos los mecanismos para el desenvolvimiento de las actividades programadas por el CIEJ.-

  61. Administrar todos los insumos y bienes de propiedad del CIEJ destinados a los programas, capacitaciones y formación del CIEJ.

  62. Facilitar a los formadores las herramientas necesarias para el desarrollo de sus actividades de docencia en el marco de los proyectos y programas desarrollados por el CIEJ.-



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