Acordada nº 894 de Corte Suprema de Justicia, 11 de Julio de 2014

PresidenteJosé Raúl Torres Kirmser
Fecha de Resolución11 de Julio de 2014
EmisorCorte Suprema de Justicia

ACORDADA Nº 894


En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los once días del mes de julio del año dos mil catorce, siendo las catorce horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. J.R.T.K., y los Excmos. Señores Ministros Doctores, A.B.P. de Correa, G.E.B. de M., A.F., V.M.N., M.O.B.A., S.B., C.A.G. y L.M.B.R., ante mí, el Secretario autorizante;


DIJERON:

Que la denuncia realizada conforme a la Nota NGMSB N°130/14 por el Ministro Dr. S.B. , solicitando con carácter urgente la intervención del Juzgado Penal de Garantías de L., la comunicación al Ministerio Público y la Auditoria íntegra del referido Juzgado, así como la suspensión de los Plazos procesales correspondientes por el termino de 10 días hábiles.

Que por otra parte se encuentra en trámite ante la Superintendencia Gral. de Justicia el sumario Administrativo caratulado: “A.I.S.V. (Presunto Responsable); C.M.V.L. (Presunto Responsable); C.D.T.M. (Presunto Responsable); E.C.E.R. (Presunto Responsable); G.J.G.R. (Presunto Responsable) s/ irregularidades en el cumplimiento de sus funciones” N.S. N° 15474.

Que, el Art. 3º de la Ley Nº 609/95 que organiza la Corte Suprema de Justicia, establece como deberes y atribuciones de la misma, dictar su propio reglamento interno, las acordadas y todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia


LA CORTE SUPREMA DE JUSTICA,

ACUERDA


Art. 1°.- DISPONER LA INTERVENCION del Juzgado Penal de Garantías de L., tarea que se le asigna al Director General de Auditoría de Gestión Judicial, Abg. M.E., bajo la supervisión de los Ministros Superintendentes de la Circunscripción Judicial de Central.

Art. 2°.- ELEVAR la denuncia realizada por el Ministro Dr. S.B. conforme Nota NGMSB N°130/14 al F.G.. del Estado, a fin de que de intervención urgente al Agente Fiscal de Turno.



A.N.O. noventa y cuatro

Art. 3°.- DISPONER la auditoria íntegra del Juzgado Penal de Garantías de L..

Art. 4°.- RATIFICAR el Interinazgo de la Magistrada E.I. como Jueza Penal de Garantía de L., hasta nueva disposición en contrario.

Art. 5°.- DERIVAR la atención de nuevas causas por parte del Juzgado Penal de Garantías de L., del 14 al 18 de julio del año 2014, las que deberán ser presentadas ante la Magistrada Abg. M.F.G. de Z..

Art. 6°.- DERIVAR LA PRESENTACION de peticiones o requerimientos conclusivos urgentes que refieran a causas originarias del Juzgado Penal de Garantías de L., a la oficina de Atención Permanente de Central, para el trámite correspondiente durante el periodo establecido en el artículo precedente, la que inmediatamente comunicará a la J.E.I..

Art. 7°.- ESTABLECER QUE LOS PLAZOS procesales que vencen en las causas tramitadas ante el Juzgado Penal de Garantías de L., en el periodo comprendido entre el 14 al 18 de julio del año 2014 venzan el 21 de julio del corriente año.

Art. 8º.- ANOTAR, registrar, notificar.



Ante mí:

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