Acordada nº 1215 de Corte Suprema de Justicia, 12 de Diciembre de 2017

PresidenteLuis María Benítez Riera
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2017
EmisorCorte Suprema de Justicia



En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los doce días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. L.M.B.R. y los Excmos. Señores Ministros Doctores, A.F., M.O.B.A., S.B., C.A.G., A.B.P. de Correa, J.R.T.K., G.E.B. de M. y M.P.C., ante mí, el Secretario autorizante;


DIJERON:


Que, por Nota Nº 214/2017, el Presidente del Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de Guairá, Magistrado R.D.T.F., elevó a consideración la Resolución N° 60/2017 de la Gobernación de Guairá por la cual se declara asueto departamental el día 18 de diciembre del año en curso, con motivo de la festividad de la “V. del Paso” de la localidad de Itapé – Guairá, y solicitó que los plazos procesales que vencen el día 18 de diciembre de 2017, fenezcan el día 19 de diciembre del año en curso.


Por ello, es necesario establecer que los plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Guairá que vencen el día 18 de diciembre de 2017, fenezcan el día 19 de diciembre del año en curso.


Por tanto,

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

A C U E R D A:


Art.1°.- ESTABLECER que los plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Guairá que vencen el día 18 de diciembre de 2017, fenezcan el día 19 de diciembre del año en curso.


Art. 2°.- ANOTAR, registrar, notificar.








Ante mí:

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