Circular Nº 0013/2024 de Comisión Nacional de Valores, 2024

Número de circular0013/2024
Fecha29 Julio 2024
EmisorComisión Nacional de Valores (Paraguay)
Visión: “Ser una institución técnica independiente que desarrolla una gestión eficiente y cr eíble, basada en la excelencia de sus valores y talentos, reconocida en el ámbito
nacional e internacional., orientada a preservar el valor de la moneda y la eficacia, integridad y estabilidad del sistema financiero”
Misión: Preservar y velar por la estabilidad del valor de la moneda, promover la eficacia, integridad y estabilidad del sistema financiero,
para colaborar con el bienestar del país.
CIRCULAR SV. SG. Nº 0013/2024
Asunción, 29 de julio de 2024
Señores
SUPERVISADOS
c.c. BOLSA DE VALORES Y PRODUCTOS DE ASUNCIÓN S.A.
Presente
Conforme Resolución SV.SG N° 0022 de fecha 07.06.2024, que modifica el Reglamento
General del Mercado de Valores, se ha suprimido el inciso b) Gestión de solicitud de prórroga
del Título 30, Capítulo 1°, Articulo 1° de dicho reglamento. En este sentido, quedan sin efecto
los puntos a.13, a.13.1 y a.13.2 de la Circular CNV/DIR N° 026 de fecha 21.08.2023 respecto a
aranceles de la extinta Comisión Nacional de Valores.
En consecuencia, se comunica que dichas modificaciones implican la improcedencia del
otorgamiento de prorrogas para la presentación de los Estados Financieros Anuales y Trimestrales
a partir de la presentación de la información correspondiente al 30.06.2024. Esta medida aplica a
los siguientes supervisados:
CASAS DE BOLSA,
SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS PATRIMONIALES DE
INVERSION
SOCIEDADES EMISORAS Y EMISORAS DE CAPITAL ABIERTO
CAJA DE VALORES
Esta Superintendencia aboga firmemente por la preservación de los intereses tanto de los
inversores como del público en general, así como el fortalecimiento de las tareas de supervisión.
En este sentido, es fundamental contar con información oportuna y fidedigna, conforme a lo
establecido en el marco legal y regulatorio del mercado de valores, por lo cual se exhorta a tener
presente la actualización reglamentaria mencionada y se aguarda con mucho optimismo la más
estrecha colaboración y comprensión de todos los actores que operan en este mercado.
Atentamente,
SUPERINTENDENTE DE VALORES
JOSHUA DANIEL
ABREU BOSS
Firmado digitalmente por
JOSHUA DANIEL ABREU BOSS
Fecha: 2024.07.29 16:55:53
-04'00'

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