Decreto No. 6089.- Por el cual se modifica parcialmente el artículo 14 del Decreto No. 4795/2021, «Por el cual se dispone la realización del Censo Agropecuario Nacional 2021, en el marco del Proyecto de Implementación del Sistema de Censos y Encuestas Agropecuarias (PISCEA), la creación del Comité Técnico y la Comisión Nacional del Censo Agropecuario, y faculta al Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través de la dirección de censo y estadísticas agropecuarias, a realizar los trabajos preparatorios para el Censo Agropecuario Nacional»

Publicado enGaceta Oficial de la República del Paraguay

VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) en la cual solicita la modificación parcial del artículo 14 del Decreto Nº 4795/2021 "Por el cual Se dispone la realización del Censo Agropecuario Nacional 2021, en el marco del Proyecto de Implementación del Sistema de Censos y Encuestas Agropecuarias (PISCEA), la creación del Comité Técnico y la Comisión Nacional del Censo Agropecuario y faculta al Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través de la Dirección de Censo y Estadísticas Agropecuarias, a realizar los trabajos preparatorios para el Censo Agropecuario Nacional"; y

CONSIDERANDO: La necesidad de modificar parcialmente el artículo 14 del Decreto Nº 4795, de fecha 28 de enero de 2021 que expresa: "Establécese que el relevamiento de datos del Censo Agropecuario Nacional corresponderá al año 2021 y se llevará a cabo entre los meses de julio a diciembre del año 2021, de lunes a domingo, preferentemente de 07:00 a 17:00 horas".

Que se han visualizado problemas emergentes que ameritan la modificación del plazo del levantamiento del censa agropecuario, a fin de mitigar dichos inconvenientes con soluciones oportunas.

Que el Desarrollo del Sistema de Gestión del Censo Agropecuario Nacional será la tarea más importante después de finalizar el proceso de adquisiciones y para su implementación se prevé una duración de cinco (5) meses, debiendo el sistema realizar la acción de controlar todos los procesos de gestión desde el inicio de la operación censal hasta la publicación de resultados y el mismo será utilizado en la ejecución del Censo Piloto.

Que la Dirección General de Asesoría Jurídica del MAG se ha expedido en los términos del Dictamen DGA Nº 503/2021, de fecha 21 de setiembre de 2021.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Art. 1...

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