Decreto No. 7355.- Por el cual se establece un régimen especial y transitorio de liquidación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), para varios servicios de transporte.

Publicado enGaceta Oficial de la República del Paraguay

VISTO: La Ley Nº 6380/2019, «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional».

El Decreto Nº 3107/2019, «Por el cual se reglamenta el Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en la Ley Nº 6380/2019 "De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional"» (Exp. M.H. Nº 94.614/2022); y

CONSIDERANDO: Que el numeral 1), del artículo 238, de la Constitución, faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a dirigir la administración general del país.

Que el artículo 104 de la Ley Nº 6380/2019 faculta al Poder Ejecutivo a establecer regímenes especiales de liquidación del impuesto al Valor Agregado (IVA), cuando por las características de las actividades, formas de comercialización, envergadura del negocio y otras razones justificadas, faciliten su percepción.

Que debido a la coyuntura económica generada por el aumento del precio de los combustibles derivados del petróleo, y a los efectos de alivianar las cargas tributarias de los contribuyentes al momento de la utilización de los servicios de transporte de pasajeros prestados a través de empresas de transporte público de media y larga distancia: así como, aquellos servicios de transporte prestados a través de taxis, remises, transportes escolares y otros de naturaleza similar, incluyendo los servicios de transporte de carga nacional e internacional, el Poder Ejecutivo resuelve establecer un régimen especial y transitorio de liquidación del IVA para estos servicios.

Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen Nº 525 del 27 de junio de 2022.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones...

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