Decreto No. 8452.- Por el cual se Reglamenta la Ley No. 6026 del 9 de enero de 2018 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018”

Presidencia de la república del Paraguay

MINISTERIO DE HACIENDA

DECRETO N°8452

POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 6026 DEL 9 DE ENERO DE 2018, «QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018».

Asunción, 25 de enero de 2018

VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Hacienda individualizada como Expediente SIME MH N° 5404/2018.

El Artículo 238, Numeral 3), de la Constitución, que acuerda potestad al Poder Ejecutivo en la formación, reglamentación y control del cumplimiento de las normas jurídicas.

La Ley N° 109/1991, «Que aprueba con modificaciones el Decreto - Ley N° 15 de fecha 8 de marzo de 1990, “Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda”», modificada y ampliada por Ley N° 4394/2011, y reglamentaciones vigentes.

La Ley N° 1535/1999, «De Administración Financiera del Estado», sus modificaciones y reglamentaciones vigentes.

La Ley N° 1626/2000, «De la Función Pública», sus modificaciones y reglamentaciones vigentes.

El Decreto N° 8127/2000, «Por el cual se establecen las disposiciones legales y administrativas que reglamentan la implementación de la Ley N° 1535/1999, “De Administración Financiera del Estado”, y el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración Financiera -SIAF».

La Ley N° 2051/2003, «De Contrataciones Públicas».

El Decreto N° 21.909/2003, «Por el cual se reglamenta la Ley N° 2051/2003, “De Constataciones Públicas”».

La Ley N° 2345/2003, «De reforma y sostenibilidad de la caja fiscal. Sistema de jubilaciones y pensiones del sector público».

El Decreto N° 1579/2004, «Por el cual se reglamenta la Ley N° 2345 del 24 de diciembre de 2003, “De reforma y sostenibilidad de la caja fiscal. Sistema de jubilaciones y pensiones del sector público”».

El Decreto N° 2982/2004, «Que modifica los artículos 1º y 8º del Decreto N° 1579 del 30 de enero de 2004, “Por el cual se reglamenta la Ley N° 2345 del 24 de diciembre de 2003, “De reforma y sostenibilidad de la caja fiscal. Sistema de jubilaciones y pensiones del sector público”».

El Decreto N° 5174/2005, «Por el cual se modifican los artículos 18, 19, 24, 25, 26, 35, 44, 45, 47, 48, 49, 51, 53, 56, 62, 75, 78, 81, 83, 84, 92, 112, 118 y 125 del Decreto N° 21.909/2003, “Que reglamenta la Ley N° 2051/2003, “De Contrataciones Públicas”».

La Ley N° 3984/2010, «Que establece la distribución y depósito de parte de los denominados “Royalties” y “Compensaciones en razón de territorio inundado” a los gobiernos departamentales y municipales” y sus reglamentaciones vigentes».

La Ley N° 4758/2012, «Que crea el Fondo Nacional de inversión Pública y Desarrollo (FONACIDE) y el Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación», y sus reglamentaciones vigentes.

La Ley N° 4597/2012, «Especial de compensación al municipio de Salto del Guaira por la desaparición de los Saltos del Guairá».

La Ley N° 5255/2014, «Que establece conceder un aporte especial a los municipios de Jesús y Trinidad del Departamento Itapuá, por ser sedes distritales de los monumentos declarados Patrimonio Universal de la Humanidad».

La Ley N° 5404/2015, «De compensación a los municipios del Departamento de Canindeyú en reparación por la desaparición de los Saltos del Guairá, en el marco de la distribución de compensaciones de la Entidad Binacional Itaipú».

El Decreto N° 8325/2017, «Que objeta parcialmente el Proyecto de Ley N° 6026/2017, “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018”».

Resolución N° 2899/2018, «Que acepta la objeción parcial formulada por el Poder Ejecutivo al Artículo 59 del Proyecto de Ley N° 6026 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018”, y ratifica la sanción inicial dada por el Congreso Nacional a los demás artículos del Proyecto de Ley».

Resolución N° 1904/2018, «Que acepta la objeción parcial formulada por el Poder Ejecutivo al Artículo 59 del Proyecto de Ley N° 6026 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018”, y ratifica la sanción inicial dada por el Congreso Nacional a los demás artículos del Proyecto de Ley».

La Ley N° 6026/2018, «Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018».

CONSIDERANDO: Que el artículo 219 de la Ley N° 5026/2018, establece: «Autorízase al Poder Ejecutivo a reglamentar la presente Ley, en concordancia con las disposiciones establecidas en la Ley N° 1.535/1999 “De Administración Financiera del Estado”, su Decreto Reglamentario N° 8.127/2000 “Por el cual se establecen las disposiciones legales y administrativas que reglamentan la implementación de la Ley N° 1.535/99 “De Administración Financiera del Estado” y el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF”, y a la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y sus modificaciones vigentes».

Que la presente reglamentación permitirá contar con normas y procedimientos requeridos para el proceso de ejecución del Presupuesto General de la Nación 2018, aprobado por la Ley N° 6026/2018, dentro del marco del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), con la implementación del Plan Financiero vinculado a los procesos de contrataciones públicas, ejecución, modificaciones presupuestarias, control y evaluaciónjfdel cumplimiento de los objetivos, metas y resultados esperados de los programas y proyectos del PGN 2018 y cierre del Ejercicio Fiscal. Además, las normas y procedimientos dentro del Sistema del Tesoro Público, necesarios para asumir compromisos conforme a la asignación del Plan de Caja; reglamentaciones en el Sistema de Crédito y Deuda Pública, Sistema de Inversión Pública, Sistema de Contabilidad Pública y de las Jubilaciones y Pensiones, de conformidad a las disposiciones de los artículos, anexos, formularios e instructivos que forman parte de este Decreto.

Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen N° 88 del 23 de enero de 2018.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Art. 1º Reglaméntase la Ley N° 6026 del 9 de enero de 2018, «Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018», de conformidad a las normas y procedimientos dispuestos en el Anexo A «Guía de Normas y Procesos del PGN 2018»; y apruébense los formularios e instructivos establecidos en el Anexo B «Formularios», que forman parte de este Decreto.
Art. 2º

Establécese que las disposiciones reglamentarias de la Ley N° 6026/2018, «Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018», como así mismo sus modificaciones dispuestas para el presente Ejercicio Fiscal, deberán ser autorizados por Decreto o actos administrativos originados exclusivamente en el Ministerio de Hacienda, dentro del marco legal de la Ley N° 109/1991, «Que aprueba con modificaciones el Decreta - Ley N° 15, de fecha 8 de marzo de 1990, "Que establece las f unfjmes y estructura orgánica del Ministerio de.

Hacienda”», modificada y ampliada por Ley N° 4394/2011, y la Ley N° 1535/1999 «De Administración Financiera del Estado», sus modificaciones y reglamentaciones vigentes, que establecen la organización, funciones y las competencias del Ministerio de Hacienda en los procesos y sistemas de Administración Financiera del Estado.

Art. 3º Dispónese que durante el proceso de ejecución del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018, los Artículos no reglamentados de la Ley N° 6026/2018 por la presente disposición, serán establecidos por Decreto originados en el Ministerio de Hacienda.
Art. 4º

Encárgase al Ministerio de Hacienda a dictar actos de disposición y gestión, así como a establecer normas y procedimientos complementarios, formularios e instructivos requeridos durante el proceso de ejecución de la Ley N° 6026/2018.

Art. 5º Autorízase al Ministerio de Hacienda a establecer, por Resolución de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera, la distribución de los montos de las transferencias en concepto de «Royalties» y «Compensaciones» provenientes de las Entidades Binacionales Itaipú y Yacyretá para las municipalidades, de acuerdo a las normas legales vigentes en la materia.

Así mismo, para establecer las transferencias del Ministerio de Hacienda a las Entidades sin Fines de Lucro, financiadas con recursos del Tesoro.

Art. 6º Autorízase al Ministerio de Hacienda a modificar, por Resolución, los anexos, formularios e instructivos aprobados por el presente Decreto, en el marco de sus competencias.
Art. 7º Facúltese a la Coordinación General del Gabinete Social de la Presidencia de la República, al Ministerio de Hacienda y a la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social, en ejercicio de sus competencias, a establecer los procedimientos de...

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