Que Exonera del Pago por Consumo de Energia Electrica a las Juntas de Saneamiento de Agua en Zonas Rurales de Todo el Pais, Reconocidas por el Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental (Senasa), y los Costos Seran Subsidiados a Traves de los Royalties

Año2011
Número de expedienteD-1119788
Fecha de recepción27 Abril 2011
Autor de la iniciativa1. Dip. Magdaleno SILVA - A.N.R.

Bicentenario de la Independencia Nacional: 1811 – 2011”





Congreso Nacional

Honorable Cámara de Diputados



Asunción, 27 de abril de 2011


Señor

Ing. Víctor Alcides Bogado, Presidente

Honorable Cámara de Diputados


De mi consideración:


Tengo a bien de dirigirme al señor Presidente y por su intermedio a los demás Miembros de este Alto Cuerpo Legislativo, a fin de presentar el Proyecto de Ley “QUE EXONERA DEL PAGO POR CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LAS JUNTAS DE SANEAMIENTO DE AGUA EN ZONAS RURALES DE TODO EL PAÍS, RECONOCIDAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL (SENASA), Y LOS COSTOS SERÁN SUBSIDIADOS A TRAVÉS DE LOS ROYALTIES”.


Señor Presidente y Honorable Miembros, con la presentación de este Proyecto, se pretende que los costos que demanda el consumo de energía eléctrica por parte de la Junta de Saneamiento, sea subsidiado a través de los Royalties de la Entidad Binacional Itaipú, con el objeto de que dicha Entidad pueda contar con un mayor recurso financiero y así, poder ejecutar sus planes previstos en los programas presupuestarios establecidas para cada año.


En la espera de contar de un tratamiento favorable al presente Proyecto de Ley, hago propicia la oportunidad para saludar al Señor Presidente y los demás Miembros de esta Honorable Cámara, muy atentamente.




Magdaleno Silva

Diputado Nacional























LEY N°….


QUE EXONERA DEL PAGO POR CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LAS JUNTAS DE SANEAMIENTO DE AGUA EN ZONAS RURALES DE TODO EL PAÍS, RECONOCIDAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL (SENASA), Y LOS COSTOS SERÁN SUBSIDIADOS A TRAVÉS DE LOS ROYALTIES


………………………………………………………


EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


Artículo 1°.- Exonérase del pago por consumo de energía eléctrica, a las Juntas de Saneamiento de Agua en zonas rurales de todo el país, reconocidas por el Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental (SENASA), cuyos costos serán subsidiados a través de los royalties de la Entidad Binacional Itaipú.


Artículo 2°.- De forma.


Pg / Sistema de Información Legislativa

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