Ley No. 6059.- Que modifica la Ley No. 879/81 “Código de Organización Judicial” y amplía sus disposiciones y las funciones de los juzgados de Paz
PODER LEGISLATIVO LEY N° 6.059
QUE MODIFICA LA LEY N° 879/81 “CÓDIGO DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL”, Y AMPLÍA SUS DISPOSICIONES Y LAS FUNCIONES DE LOS JUZGADOS DE PAZ.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
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de los asuntos de la niñez y adolescencia, civiles, comerciales o laborales en los cuales el valor del litigio no exceda del equivalente a trescientos jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas, con exclusión de los que se refieran al estado civil de las personas, al derecho de familia, convocación de acreedores y quiebras, las acciones reales y posesorias sobre inmuebles, salvo aquellos que se planteen con motivo de una tercería de dominio;
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de las acciones posesorias y acciones sucesorias de las propiedades rurales de hasta cincuenta hectáreas; y las urbanas cuya valuación fiscal no exceda de la cuantía atribuida a su competencia;
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de las demandas, por resolución de contrato de locación que se funden en la falta de pago de alquileres, siempre que no se exceda la cuantía atribuida a su competencia;
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de los juicios de alimentos, siempre que el afectado haya alcanzado la mayoría de edad; de la homologación de acuerdos conciliatorios en materia de asistencia alimentaria; régimen de convivencia y relacionamiento;
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de las restricciones y límites al dominio o sobre condominio de muros y cercos, y en particular, los que se susciten con motivo de la vecindad urbana o rural, siempre que la valuación fiscal no exceda la cuantía atribuida a su competencia;
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de la mensura, deslinde y amojonamiento, siempre que el valor real del fundo no exceda la cuantía de su competencia;
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del beneficio para litigar sin gastos iniciados para tramitación de juicios que corresponden al ámbito de su competencia;
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de las diligencias preparatorias y pruebas anticipadas, correspondientes a los juicios tramitados en el ámbito de su competencia,
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de la autorización para contraer matrimonio a menores de edad, domiciliados en el territorio de su competencia;
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de la curatela o insania, en los supuestos en que se acredite que el incapaz no posee bienes;
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de la información sumaria de...
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