Ley No. 6257.- Que deroga la Ley No. 42/1968 'Que establece un distintivo para los miembros del Congreso Nacional'

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º Derógase la Ley Nº 42 de fecha 17 de diciembre de 1968 “QUE ESTABLECE UN DISTINTIVO PARA LOS MIEMBROS DEL CONGRESO NACIONAL”.
Artículo 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR