Resolución Nº 05/00 de Subsecretaría de Estado de Tributación, 2000
Año | 2000 |
Número de resolución | 05/00 |
Emisor | Subsecretaría del Estado de Tributación (Paraguay) |
RESOLUCIÓN Nº 5/00
POR LA CUAL SE ACTUALIZAN LOS MONTOS DE LOS PRESTAMOS O CRÉDITOS QUE
EXIGEN LA PRESENTACIÓN DEL CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO
PREVISTO EN EL ART. 194º DE LA LEY Nº 125/91, ASÍ COMO EL VALOR DE LOS
CRÉDITOS DE FOMENTO AGROPECUARIO E INDUSTRIAL, EXONERADOS DEL
IMPUESTO A LOS ACTOS Y DOCUMENTOS Y LOS MONTOS DE LOS INGRESOS
ESTABLECIDOS EN LOS INCISOS a) Y b) DEL ART. 79º DE LA LEY Nº 125/91, PARA
LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO A LA RENTA E IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO.
Asunción, 5 de Enero de 2.000.-
VISTO:
Lo dispuesto en el penúltimo párrafo del Art. 79º, y los Artículos 131º modificado y ampliado
por la Ley Nº 210/93, 133º
y 194º de la Ley Nº 125/91; y,
CONSIDERANDO:
Que es necesario dictar la normativa correspondiente para actualizar el monto de los créditos
destinado al fomento de la
actividad agropecuaria e industrial, exonerados del Impuesto a los Actos y Documentos.
Que debe darse cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 79º penúltimo párrafo y 194º
mencionado en el visto
precedente, en base a lo informado por el Banco Central del Paraguay.
Que el Banco Central del Paraguay comunicó la variación del índice de precios al consumo de
los doce meses anteriores al
1º de noviembre de 1.999.
POR TANTO,
EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
M Art. 1º de la Resolución Nº 3/03
ART. 1° - ACTUALIZACIÓN
A los efectos de actualizar los montos por los conceptos que a continuación se citan, se fija el
coeficiente del 1,0432.
V Art. 1º del Decreto Nº 20.246/03 I) Los montos de ingresos brutos establecidos en los
incisos a) y b) del Art. 79º de la Ley Nº 125/91 que regirán para
el año civil 1.999 serán los siguientes:
- Inciso a) Gs. 18.266.216.- (guaraníes dieciocho millones doscientos sesenta y seis mil
doscientos dieciséis).
- Inciso b) Gs. 45.026.233.- (guaraníes cuarenta y cinco millones veintiséis mil doscientos
veinés).
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