Resolución Nº 15 del Banco Central, 06-02-2015
Año | 2015 |
Fecha | 06 Febrero 2015 |
Número de resolución | 15 |
Expedientes N
°
s. 1619/15 — 1647/14
Asunción,
6 de
febrero
de 2.015.-
RESOLUCIÓN N°
15.-
RESOLUCIÓN N° 11, ACTA N° 6 DE II ECHA 31 DE ENERO DE 2013 - AMPLIACIÓN.-
VISTO: el artículo 47° de la Ley 489/95 "Orgánica del Banco Central del Paraguay"; la Resolución
N° 11, Acta N° 6 de fecha 31 de enero de 2013; la Resolución N° 3, Acta N° 48 de fecha 8 de julio de
2014; las notas del Banco Continental S.A.E.C.A. presentadas en fechas 4 y 5 de febrero de 2015; el
memorándum SB.GSES.IAF. N° 23/15 y la providencia de la Superintendencia de Bancos fechadas el 5 de
febrero de 2015; el memorando GM N° 41/15 de la Gerencia de Mercados de fecha 5 de febrero de 2015;
la providencia GUJ N° 100/15 y el memorando GUJ.DAJur N° 68/15 de la Unidad Jurídica de la
Institución fechadas el 5 de febrero de 2015; el memorando conjunto GUJ N° 11 — GM 045 de la de la
Gerencia de Mercados y la Unidad Jurídica de la Institución de fecha 6 de febrero de 2015; las
providencias de la Presidencia de la Institución de fechas 5 y 6 de febrero de 2015; y,
CONSIDERANDO: que, el artículo 47° de la Ley 489/95 "Orgánica del Banco Central del
Paraguay" cuya redacción establece: "En el marco de la política económica del Gobierno Nacional y las
leyes, el Banco Central del Paraguay administrar 'disposiciones legales y sus reglamentaciones que
filas
establezcan el régimen de cambios, así com
—
as medid disposiciones
sdbre cobros y pagos corrientes con el
exterior y los movimientos de capfilekql sóralie té -1nVcir
tandas de excepcional emergencia
nacional sean adoptados por los
étes
)
del Estado..."
Que, la Resolución N° 1
cta N° 6 de fecha 31 de
enerb
d 2013, que reglamenta la posición
operacional neta diaria de di
de las entidades de intermediación .Mera, la Resolución N° 3, Acta
N° 48 de fecha 8 de juli
014 que reglamenta los excesos a los h w -. de la posición en moneda
extranjera y operaciones o
d y que en su numeral 1°) define a la posici • • neta diaria como la variación
(negativa o positiva) de la posición neta en moneda extranjera de un día a otro.
Que, es necesario considerar en la reglamentación de la posición neta diaria situaciones especiales
que no impactan en el normal desenvolvimiento del mercado de divisas.
Por tanto, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21 inciso g) de la Ley N° 489/95
EL PRESIDENTE INTERINO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
RESUELVE:
1°) Ampliar el artículo 1e Resolución N° 11, Acta N° 6 de
ha 31 de enero de 2013, el cual
queda redactado en los s
s términos:
"1°)
Establecer que 1
sic
operacional
aáank
4r
de divisas de las entidades de
•=p-
intermediación financier
tiebtd
to zadas a operar en el mercado cambiario
nacional, no podrá exceder e- S5
1
20.000.000,00.- (Dólares Americanos Veinte
Millones), tanto para la sobrecompra como para la sobreventa, salvo aquellos casos en los
que el Directorio del Banco Central del Paraguay autorice previa y expresamente el exceso
de dicho límite, por petición fundada de una entidad financiera, a través de la cual acredite
la situación que amerite la excepción y siempre que con el exceso no se afecte la
estabilidad del mercado cambiario.".
7
2°) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
"Orgánica del Banco Central del Paraguay",
_
// ........_
FDO.: RAFAEL LARA VALENZUELA.- PRESIDENTE INTERINO.-
RUBEN BAEZ MALDONADO, SECRETARIO DEL DIRECTORIO.-
Este documento es de uso restringido; podrá ser publicado/notificado ‘icamente conforme av‘ormas vigentes y por los
medios autorizados.
RR
GM-AMPLIA
POSICION NETA
DIVISAS
AÑO 2015
Form. 126 F
SA
LATNA SAL 481:390805
Descargado por gibarra 06/02/2015 15:48:46
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