Resolución Nº 25 del Banco Central, 26-12-2024
Año | 2024 |
Fecha | 26 Diciembre 2024 |
Número de resolución | 25 |
Expediente N° 14972/2024
REGLAMENTO OPERATIVO PARA LA EMISIÓN, CUSTODIA, NEGOCIACIÓN Y PAGO
DE TÍTULOS DE DEUDA DEL TESORO PÚBLICO Y TÍTULOS DE DEUDA CON
GARANTÍA DEL TESORO PÚBLICO, CON ANOTACIÓN EN CUENTA EN LOS
REGISTROS DE LA DEPOSITARIA DE VALORES DEL BANCO CENTRAL DEL
PARAGUAY.- Página 1 de 13
Este documento es de uso restringido; podrá ser publicado/notificado únicamente conforme a las normas vigentes y por los
medios autorizados.
[RA]
WP
REGLAMENTO
OPERATIVO –
TÍTULOS DE DEUDA
DEL TESORO
PÚBLICO –
DEPOSITARIA DE
VALORES
AÑO 2024
Acta N° 62 de fecha 26 de diciembre de 2024.-
RESOLUCIÓN N° 25.-
VISTO: la Ley N° 4595/2012 “SISTEMAS DE PAGOS Y LIQUIDACIÓN DE VALORES”
de fecha 16 de mayo de 2012; la Resolución N° 1, Acta N° 35 de fecha 11 de julio de 2023, por la
cual se aprueba el “REGLAMENTO GENERAL DE LOS SISTEMAS DE PAGOS DEL
PARAGUAY (SIPAP)”; el Decreto N° 9301 del Poder Ejecutivo de fecha 12 de mayo de 2023, “POR
EL CUAL SE ESTABLECE EL MARCO REGLAMENTARIO PARA EL PROCESO DE EMISIÓN
DE TÍTULOS DE DEUDA DEL TESORO PÚBLICO Y DE LAS OPERACIONES DE
ADMINISTRACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA” y sus modificaciones; la Resolución N° 5, Acta N°
36 de fecha 20 de julio de 2023, por la cual se aprueba el “REGLAMENTO OPERATIVO PARA LA
EMISIÓN, CUSTODIA, NEGOCIACIÓN Y PAGO DE TÍTULOS DEL TESORO PÚBLICO
REGISTRADOS EN LA DEPOSITARIA DE VALORES DEL BANCO CENTRAL DEL
PARAGUAY”; la Resolución N° 21, Acta N° 73 de fecha 28 de diciembre de 2023, por la cual se
aprueba el “REGLAMENTO OPERATIVO PARA LA EMISIÓN, CUSTODIA, NEGOCIACIÓN Y
PAGO DE BONOS DE LA AGENCIA FINANCIERA DE DESARROLLO REGISTRADOS EN LA
DEPOSITARIA DE VALORES DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY”; la nota BCP/P N° 89
del Banco Central del Paraguay de fecha 3 de mayo de 2024; la nota M.E.F. N° 489 del Ministerio de
Economía y Finanzas de fecha 28 de mayo de 2024; los memorandos SGGOF N° 267/2024 y
270/2024 de la Sub Gerencia General de Operaciones Financieras de fechas 18 y 23 de diciembre de
2024; el dictamen GUJ.DJ.SMV.IP N° 12/2024 de la Unidad Jurídica de fecha 23 de diciembre 2024;
la providencia de la Presidencia de fecha 23 de diciembre de 2024; y,
CONSIDERANDO: la necesidad de promover el acceso y participación de custodiados
residentes y no residentes a través de un sistema de custodia ágil, seguro y eficiente que contribuya a
impulsar el desarrollo de un mercado secundario más dinámico y que proporcione mayor liquidez a
los Títulos de Deuda del Tesoro Público y los Títulos de Deuda con Garantía del Tesoro Público en
moneda nacional.
Que, atendiendo a lo señalado en el inciso c) del artículo N° 4 de la Ley N° 489/95 “Orgánica
del Banco Central del Paraguay”, en su versión dada por su modificatoria y ampliatoria la Ley
N° 6104/18 inc. c), a esta institución le compete la función de agente financiero del Estado. Dicha
función guarda estrecha relación con otras funciones vinculadas directamente con el diseño y puesta
en práctica de las políticas monetarias y crediticias nacionales, orientadas a garantizar la estabilidad y
eficacia del sistema financiero nacional.
Que, con miras al cumplimiento de las funciones antes citadas y en ejercicio de la potestad
contenida en el artículo N° 19 de la Ley N° 489/95, en su versión dada por su modificatoria y
ampliatoria la Ley N° 6104/18, inc. 12), el Directorio del Banco Central del Paraguay puede "...dictar
los reglamentos relativos al desarrollo de las operaciones de mercado abierto del Banco Central del
Paraguay, determinando las condiciones de emisión, amortización y rescate de los títulos que se
emitieren en moneda nacional o extranjera con fines de regulación monetaria...". Dicha norma,
Descargado por agaleano/SGGAF - GPL 27/12/2024 12:07:06
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba