Resolución Nº 31 del Banco Central, 04-11-2011
Año | 2011 |
Fecha | 04 Noviembre 2011 |
Número de resolución | 31 |
Acta N° 67.-de fecha 4 de noviembre de 2011.-
RESOLUCIÓN N° 31.-
RESOLUCIÓN N° 26, ACTA N° 59 DE FECHA 20 DE SETIEMBRE DE 2011 -
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - ENCAJE LEGAL EN MONEDA
NACIONAL – RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA – MODIFICACIÓN.-
RR
ENCAJE LEGAL MONEDA
NACIONAL - MODIFICA
MÁQ.2
ARCHIVO
VISTA: la Resolución N° 26, Acta N° 59 de fecha 20 de setiembre de 2011, por la
cual se establece el procedimiento de integración del Encaje Especial en Moneda Nacional
para las Entidades de Intermediación Financiera; y,
CONSIDERANDO: la necesidad de aclarar los términos operativos de la Resolución
antes mencionada.
Por tanto, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 19°, inciso i), de la Ley
Nº. 489/95 “Orgánica del Banco Central del Paraguay” y concordantes,
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
R E S U E L V E :
1º) Modificar el artículo 2°) de la Resolución N° 26, Acta N° 59 de fecha 20 de setiembre
de 2011, el cual queda redactado en los siguientes términos:
"2°) Disponer que los Encajes sobre los Depósitos a la Vista y de 2 hasta 360 días de
plazo de cadaEntidad Financiera, establecidos en el artículo precedente, sean
integrados en el Banco Central del Paraguay de la siguiente forma:
2.1. El 16 %, en la cuenta Encaje Legal; y,
2.2. El 2%, en una cuenta de Encaje Especial.
A los efectos del cálculo para la integración de la cuenta Encaje Especial, los
montos utilizados conforme al Artículo 5° de la presente Resolución serán
considerados como parte del saldo de dicha cuenta, excepto para la
remuneración. En caso de que el requerimiento mínimo para esta cuenta sea
inferior al monto utilizado, la Entidad Financiera no estará obligada a encajar en
dicho concepto. -----------------------------------------------------------------------------
2°) Mantener vigentes los demás términos de la Resolución N° 26, Acta N° 59 de fecha
20 de setiembre de 2011.--------------------------------------------------------------------------
3°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.--------------------------------------
FDO.:JORGE RAÚL CORVALÁN MENDOZA.-PRESIDENTE. -
BENIGNO MARÍA LÓPEZ BENÍTEZ.-ROLANDO ARRÉLLAGA YALUK,.DIRECT ORES TITUTALES.-
RUBÉN BÁEZ MALDONADO.-SECRETARIO DEL DIRECTORIO. -
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