Resolución Nº 33/2026 de Secretaría de la Función Pública, 13/02/2026
| Fecha | 13 Febrero 2026 |
| Número de resolución | 33/2026 |
| Tipo de documento | Resolución |
Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional
Resolución VCHGO N°: 33/2026
POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE SELECCIÓN PARA EL
INGRESO Y LA PROGRESIÓN EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DEL ÁMBITO DEL
PODER EJECUTIVO.
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Asunción, 13 de febrero de 2026
VISTO: La Constitución Nacional de la República del Paraguay;
La Ley Nº 7158/2023 “Que crea el Ministerio de Economía y Finanzas”;
La Ley 7445/2025 “De la Función Pública y del Servicio Civil”;
La Ley N° 7609/2025 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio
Fiscal 2026”;
El Decreto N° 4230/2025 “Por el cual se reglamenta la competencia regulatoria de las
autoridades de aplicación de la Ley N° 7445/2025 ‘De la Función Pública y del Servicio Civil’ y se dispone
su implementación”;
El Decreto N° 4770/2025 “Por el cual se reglamentan las disposiciones generales de la Ley N°
7445/2025 De la Función Pública y del Servicio Civil”;
El Decreto N° 4777/2025 “Por el cual se reglamenta el Régimen Especial del Contrato de
Empleo Público de la Ley N° 7445/2025 De la Función Pública y del Servicio Civil”;
El Decreto N° 5311/2026 “Por el cual se reglamenta la Ley N° 7609 del 31 de diciembre de
2025, que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2026”; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 47 de la Constitución de la República del Paraguay establece: “El Estado
garantizará a todos los habitantes de la República: …3) la igualdad para el acceso a las funciones públicas
no electivas, sin más requisitos que la idoneidad”.
Que, el artículo 1° de la Ley N° 7158/2023, dispone en su parte pertinente: “...El Ministerio de
Economía y Finanzas absorbe y amplía las funciones propias, establecidas previamente en las leyes
vigentes asignadas al Ministerio de Hacienda, a la Secretaría de la Función Pública y a la Secretaría
Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social. A ese fin, el Ministerio de Economía y
Finanzas subroga las funciones y estructuras de los organismos absorbidos”.
Que, el artículo 3º del citado cuerpo legal, establece: “…b) El Viceministerio de Capital
Humano y Gestión Organizacional sustituye y absorbe las funciones de la Secretaría de la Función
Pública…”
Que, el artículo 5º de la referida Ley dispone las funciones y competencias del Ministerio, y
expresa en su parte respectiva: “…k) Formular, diseñar, evaluar y controlar las políticas de gestión de las
personas del sector público y desarrollo organizacional de los Organismos y Entidades del Estado, dentro
de su ámbito de competencia, orientado a la eficiencia y eficacia de la gestión pública”.
Que, en virtud a los artículos 14, 15 y 79 de la Ley N° 7445/2025, el concurso público es la
única vía de ingreso a la función pública, tanto para la carrera del servicio civil como para la contratación
del empleado público. En ese contexto, se dispone que la autoridad de aplicación reglamentará la citada
ley y podrá determinar la implementación gradual de los aspectos en ella regulados.
Que, en atención al artículo 1° del Decreto N° 4230/2025, el Ministerio de Economía y
Finanzas (MEF), a través del Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional (VCHGO), se
constituye como autoridad de aplicación en materia de función pública para las instituciones que componen
el ámbito del Poder Ejecutivo, con facultad legal para emitir disposiciones administrativas y operativas, así
como los reglamentos técnicos necesarios para la aplicación de la Ley N° 7445/2025.
Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional
Resolución VCHGO N°: 33/2026
POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE SELECCIÓN PARA EL
INGRESO Y LA PROGRESIÓN EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DEL ÁMBITO DEL
PODER EJECUTIVO.
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Que, según el artículo 3° del Decreto N° 4770/2025, en los procedimientos de selección para
contratación y nombramiento, las instituciones serán responsables de velar por la observancia de los
principios de mérito, igualdad y publicidad, garantizar la transparencia y legalidad de los concursos y
asegurar que ningún ingreso se produzca fuera de las excepciones previstas en la ley. Además, se dispone
que los procedimientos de concursos para ingreso y ascenso deberán ser publicados en el sitio oficial
establecido a ese efecto.
Que, para la contratación de empleados públicos, las instituciones públicas deberán cumplir
con los requisitos previstos en la Ley N° 7445/2025, cuya reglamentación se dispuso por el Decreto N°
4777/2025.
Que, el artículo 168 del Anexo A “Guía de Normas y Procesos del PGN 2026” comprendido
en el Decreto N° 5311/2026, dispone en su parte pertinente: “De la Gestión de los Procesos de Concursos:
Los nuevos nombramientos en cargos permanentes y contrataciones de personal de los OEE, deberán
realizarse obligatoriamente por medio de Concurso Público, según necesidades institucionales, conforme
a la Ley N° 7445/2025 y su reglamentación.”
Que, a ese efecto, es indispensable la reglamentación del procedimiento general de selección
para el ingreso y la progresión por medio de instrumentos técnicos acordes a los preceptos de la Ley N°
7445/2025, que permitirán la implementación gradual y efectiva de la carrera del servicio civil, basada en
la meritocracia, la transparencia y la igualdad de condiciones.
Que, el Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional emite el presente acto
administrativo de conformidad a las normativas que rigen la materia.
POR TANTO, en uso de sus atribuciones legales,
LA VICEMINISTRA DE CAPITAL HUMANO Y GESTIÓN ORGANIZACIONAL DEL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
R E S U E L V E:
Art. 1º- Aprobar el reglamento general de selección para el ingreso y la progresión en las instituciones
públicas que componen el Poder Ejecutivo, conforme a los anexos que forman parte de la
presente resolución.
Art. 2º- Disponer la aplicación de la fase inicial de implementación gradual de la carrera del servicio
civil, conforme a lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley N° 7445/2025.
Art. 3º- Disponer que los procedimientos de selección se realizarán mediante el registro de las
documentaciones e informaciones en el Portal “Paraguay Concursa” del Sistema Integrado
Centralizado de la Carrera Administrativa, con el objeto de facilitar el cumplimiento del debido
proceso concursal.
Art. 4º- Suspender el uso de los módulos de Planificación y Selección del Sistema Integrado
Centralizado de la Carrera Administrativa, por parte de las instituciones públicas, así como la
gestión en línea de la carga documental por parte de los usuarios del Portal Único del Empleo
Público “Paraguay Concursa”.
Art. 5º- Disponer que los perfiles y matrices aprobados antes de la vigencia de la presente resolución,
se regirán por sus respectivas bases y condiciones aprobadas.
Art. 6º- Autorizar a la Dirección General de Gestión del Ingreso y Promoción del Capital Humano, a:
a. Elaborar y adecuar los formatos y las herramientas que resulten necesarias para el correcto
funcionamiento de los procesos de selección, de conformidad con las normativas jurídicas
vigentes.
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