Resolución Nº 40/10 de Subsecretaría de Estado de Tributación, 2010

Número de resolución40/10
Año2010
EmisorSubsecretaría del Estado de Tributación (Paraguay)
ItPJJ~
de
la
Q9'~
<2/VacWnall&1I -
2011
-----------..,~f~D
...
-----------
SUBSECRETARIA
DE
ESTADO
DE
h¡e-IHatza/fdÓ
el
Paí4f'
TRIBUTACION
RESOLUCiÓN GENERAL
40.-
POR
LA
CUAL
SE
MODIFICAN LOS
ARTlcULOS
1°,2°,4°
Y 10
DE
LA
RESOLUCiÓN
GENERAL 29 DEL 14
DE
MAYO
DE
2010 Y
SE
ACLARAN DETERMINADOS
ASPECTOS RELATIVOS A
SU
APLICACiÓN.
Asunción,
18
de noviembre de 2010.-
VISTO:
El
Artículo 176
de
la
Ley 125/91 y sus modificaciones, los Artículos
53,
56,
57, 58,
59
Y
60
del
Decreto
6539/2005
y.
la
Resolución
General
29/10; Y
CONSIDERANDO:
POf;t TANTO:
Que, como consecuencia
de
la
experiencia lograda mediante
la
aplicación
de
las normas mencionadas mas arriba, surge
la
necesidad
de puntualizar y esclarecer determinadas cuestiones relativas a las
tareas de control y verificación respecto a los servicios prestados por las
empresas gráficas autorizadas para
la
impresión de documentos
timbrados.
EL VICEMINISTRO
DE
TRIBUTACiÓN
RESUELVE:
Art.1°.-
MODIFIQUENSE los Artículos
1°,
2°,
Y 10 de
la
Resolución General
29
del
14
de mayo de 2010, los cuales quedan redactados de
la
siguiente forma:
llArt
1°._
A los efectos de
la
aplicación
de
la presente Resolución, se tendrá
en
cuenta lo
siguiente:
Bloc,rueo de las Autorizaciones: Proceso automático mediante
el
cual
la
Administración
Tributaria (SET), imposibilita a las empresas gráficas habilitadas,
la
gestión
de
nuevas
solicitudes
de
impresión y timbrado
de
documentos.
Se
genera
por
la
comisión
de
los hechos
señalados
en
el Artículo del presente Reglamento.
Inhabilitación temporal o definitiva: Sanción aplicada
por
la
Administración Tributaria,
mediante la cual se suspende
en
forma temporal o definitiva, las autorizaciones otorgadas a
las
E~mpresas
gráficas para gestionar nuevas solicitudes
de
impresión y timbrado de
documentos.
GRACIELA
BEATRIZ
OR11Z
DE
DIAL
Coordinación
de
Gestión
DoewneAtal
SUBSECflEl'aRIA
De
ESTADO
DE
Tl'lIBUTAao..

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR