Resolución N° 845 de la Dirección Nacional de Aduanas, 2026
| Año | 2026 |
| Número de circular | 845 |
| Número de resolución | 845 |
FORM.734-1
DIRECCIÓN NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS
GERENCIA GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS
NUMERO
FECHA
CONSULTA NO VINCULANTE
Señor/a/es: xxxxx
RUC: xxxxx
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), por medio de la Gerencia General de Impuestos Internos (GGII), se dirige a
usted en referencia a la solicitud de consulta nº xxxxxxxx, registrada en el Sistema de Gestión Tributaria Marangatu con el proceso
n° xxxxxx por medio de la c ual el contribuyente xxxxx plantea lo siguiente: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA
UTILIZACIÓN DEL LIBRO CONTABLE M AYOR, EN FORMA DIGITAL PDF O EXCEL. YA QUE EN EL ULTIMO AÑO HUBO
UN AUMENTO CONSIDERABLE POR LA CANTIDAD DE IMPRESIÓN Y DAR ASI CELERIDAD AL TRABAJO CONTABLE.
POR TODO LO EXPUESTO, ESPERAMOS UNA RESPUESTA FAVORABLE A LO SOLICITADO, APROVECHO LA
OPORTUNIDAD PARA SALUDARLE, ATENTAMENTE.
A partir de la consulta planteada, surgen las siguientes consideraciones:
La Ley nº 1034/1983 «Del Comerciante» regula la actividad del comerciante, estableciendo que aquellos con un capital superior a
mil jornales mínimos deben llevar una contabilidad ordenada y regular, registrada en los libros necesarios. Según el Art. 75 de esta
ley, aunque el comerciante tiene libertad en el número y sistema de contabilidad, debe llevar obligatoriamente un libro Diario y uno
de Inventario, que deben ser rubricados por el Registro Público de Comercio. Dado que estos libros son de uso obligato rio según la
ley citada, la Administración Tributaria (AT) no puede autorizar su registro en un formato diferente.
El Art. 76 de la Ley nº 1034/1983, modificado por la Ley nº 4924/2013, establece que, para utilizar sistemas modernos de contabilidad,
los representantes legales deben comunicar al Registro Público de Comercio, presentando dicha comunicación sobre el sistema a ser
utilizado con certificación de firma del escribano. Además, los asientos en el libro Diario no deben superar períodos mayores a un
mes, y el sistema de contabilidad debe cumplir con las resoluciones del Ministerio de Hacienda.
La AT, según el Art. 189 de la Ley nº 125/1991, puede establecer normas sobre documentación y registro de operaciones. En tal
sentido, el artículo 5° de la Resolución General nº 412/2004 exige que el Libro Mayor se registre de forma clasificada y sistemática,
rubricado antes de su uso, conforme al Art. 78 de la Ley del Comerciante.
En cuanto a la digitalización de documentos, la Ley N.º 6822/2021 establece que un documento en formato papel que es digitalizado
tiene el mismo valor probatorio que el original siempre que cumpla con los requisitos de digitalización certificada.
La Resolución General nº 90/2021, emitida por la AT permite almacenar electrónicamente en el Sistema «Marangatu» la información
de los comprobantes de ventas y compras, a partir del 01/01/2022, por lo que ya no será obligatoria la conservación impresa o física
de los libros de ventas y compras, ni de ingre sos y egresos como archivo tributario. No obstante, el contribuyente deberá conservar
los comprobantes que respalden la información registrada por el plazo de prescripción del impuesto.
Por tanto, con base en las consideraciones de hecho y derecho expuestas, la Gerencia General de Impuestos Internos concluye
respecto al caso planteado que, corresponde autorizar al contribuyente xxxxx con RUC nº xxxxx, a partir del ejercicio fiscal 2026, a
registrar y guardar el Libro Mayor en formato digital PDF O EXCEL, acompañado de un archivo Excel, cumpliendo con los requisitos
de digitalización certificada.
Sin embargo, en lo que respecta a la conservación en formato digital de los Libros Diario e Inventario, la Gerencia General d e
Impuestos Internos de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios no es autoridad competente para pronunciarse al respecto, puesto
que estos no son libros impositivos, sino comerciales, exigidos por la Ley nº 1034/1983 «Del Comerciante».
El presente pronunciamiento fue elaborado teniendo en cuenta la situación fáctica expuesta en la consulta planteada por el recurrente,
por lo que la Administración Tributaria se reserva la facultad de modificarlo ante cualquier variación posterior de los hec hos o
documentaciones que lo motivaron.
Finalmente, corresponde que el presente pronunciamiento sea notificado al recurrente.
Respetuosamente.
Abg. Ignacio Misael González, Dictaminante Abg. Sonia Motta Gauto , Encargada de
despacho
Dpto. de Aplicación de Normas Tributarias Dpto. de Aplicación de Normas Tributarias
Abg. Antulio Bohbout Mongelós, Encargado de Despacho
Gerencia General de Impuestos Internos
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.