Resolución nº RES.SS.SG.N°210/2020 de la Superintendencia de Seguros, 29-07-2020
Número de resolución | RES.SS.SG.N°210/2020 |
Fecha | 29 Julio 2020 |
Materia | Central de informacion remision de informacion |
Tipo de documento | Resolución |
Estatus | Vigente |
VISION: Ser una Institución independiente que desarrolle una gestión eficiente y creíble, basada en la excelencia de sus valores y talentos,
reconocida en el ámbito nacional e internacional
.
RESOLUCIÓN SS.SG. N° 210/2020
RÉGIMEN DE PROVISIÓN DE DATOS PARA LA CENTRAL DE INFORMACIÓN DE LA
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS - MODIFICACIÓN PARCIAL DE LAS RESOLUCIONES
SS.SG. Nº 115/06, Nº 165/06, Nº 173/06, Nº 196/06, N° 170/07, N° 158/17, y N° 209/17
MISION: Preservar y velar por la estabilidad del valor de la moneda, promover la eficacia y estabilidad del sistema financiero.
Asunción, 29 de julio de 2020
VISTO: Las Resoluciones SS. SG. Nº 115/06, Nº 165/06, Nº 173/06, Nº 196/06, N° 170/07, N° 158/17, y N°
209/17, del 10 de abril, 12 y 28 de julio, 12 de septiembre de 2006, 27 de junio de 2007, 12 de setiembre de
2017 y 26 de diciembre de 2017, respectivamente, todas de la Superintendencia de Seguros, por las que se
aprueban y ajustan los formatos de datos a ser remitidos a la Central de Información del Contralor, por parte
de las Compañías de Seguro del mercado asegurador nacional; y,
CONSIDERANDO: Que la finalidad del proceso iniciado en el marco de la recolección de datos para la
Central de Información de la Superintendencia de Seguros apunta a contener información consolidada en un
todo, íntegra, con datos confiables y completos, requiriéndose la continuidad en la remisión de éstos que hacen
al proceso analítico/preventivo en la marcha del sistema asegurador sujeto al control del ente supervisor, y sobre
todo, en un marco de razonabilidad que permita asegurar la calidad de los reportes a ser proporcionados al
citado Contralor;
Que se requiere realizar ajustes al formato establecido para la remisión de datos a la Central de Información
administrada por la Superintendencia de Seguros, en los concerniente a reportes de cesiones y retenciones de
riesgos asumidos por las aseguradoras,
Por tanto, en base a las facultades reglamentarias conferidas por el artículo 61º inc. b) y c) de la Ley N° 827/96
“De Seguros” y demás concordantes.
Por tanto, en uso de sus atribuciones;
LA SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
R e s u e l v e:
1º) Modificar el Formato de Datos a ser enviado a la Central de Información por las Compañías de Seguro
del mercado nacional, aprobado por Resolución SS. SG. Nº 115/06 y sus modificatorias SS. SG. Nº
165/06, Nº 173/06, Nº 196/06, N° 170/07, N° 158/17, y N° 209/17, de fechas 10 de abril, 12 y 28 de julio,
12 de septiembre de 2006, 27 de junio de 2007, 12 de setiembre de 2017, y 26 de diciembre de 2017,
respectivamente, todas de la Superintendencia de Seguros, ajustando el Registro 04, para incluir nuevas
informaciones conforme lo indicado en el ANEXO 1 de esta Resolución.
2°) El formato especificado en el artículo 1°), deberá ser remitido a partir de los archivos de datos con fecha
de corte SETIEMBRE DE 2020.
3°) Comunicar al Consejo Consultivo para su toma de razón y conocimiento.
4ª) Comunicar, publicar y archivar.
MARIA
GRACIELA MORA
DE TALAVERA
Firmado digitalmente
por MARIA GRACIELA
MORA DE TALAVERA
Fecha: 2020.07.31
15:35:42 -04'00'
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