Ley No. 6394.- Que establece la práctica del fútbol de salón, como actividad de apoyo pedagógico

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1 º Establécese la implementación de la práctica del fútbol de salón, como actividad pedagógica en el contexto de la educación curricular en los 1º, 2º y 3º Ciclos de la Educación Escolar Básica y en la Educación Media, en el área de la Educación Física.
Artículo 2 º Dispóngase que la autoridad de aplicación de la presente ley, será el Ministerio de Educación y Ciencias, quien coordinará acciones con otros organismos o instituciones públicas o privadas que se adhieran para la implementación de la práctica del fútbol de salón en los 1º, 2º y 3º Ciclos de la Educación Escolar Básica y en la Media.
Artículo 3

º A los fines específicos de la aplicación...

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