Decreto No. 952.- Por el cual se autoriza el desarrollo de actividades de servicios en las zonas francas, destinadas al Mercado Internacional

Publicado enGaceta Oficial de la República del Paraguay

VISTA: La Ley Nº 904/1963 «Que establece las funciones del Ministerio de Industria y Comercio», modificada y ampliada por la Ley Nº 2961/2006;

La Ley Nº 1991/1991 «Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley Nº 15 de fecha 8 de marzo de 1990 “Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda ”», modificada y ampliada por la Ley Nº 4394/2011;

La Ley Nº 167/1993 «Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley Nº 5 de fecha 27 de marzo de 1991 “Que establece la estructura orgánica y funciones del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones ”»;

La Ley Nº 523/1995 «Que autoriza y establece el Régimen de Zonas Francas» (expedientes M.HNºs. 41.560 y 46.609/2018); y

CONSIDERANDO: Que Artículo 3º, de la Ley Nº 523/1995, establece:«En las Zonas Francas se podrán desarrollar, separada o conjuntamente, las siguientes actividades: [...] c) Servicios, son aquellos en las cuales los Usuarios se dedican a reparaciones y mantenimiento de equipos y maquinarias. Los servicios no especificados cii esta Ley que sean destinados al mercado internacional podrán ser autorizadas por el Poder Ejecutivo, a pedido del Consejo Nacional de Zonas Francas, en...

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