Acordada nº 253 de Corte Suprema de Justicia, 4 de Abril de 2002

PresidenteCarlos Fernández Gadea
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2002
EmisorCorte Suprema de Justicia

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los cuatro días del mes de abril de dos mil dos, siendo las 11.30 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. S.P.D.C.F.G. y los Excmos. Señores Ministros D.J.I.B., A.F., L.L.C., F.S.P., W.R.G., B.R.Á., R.S.B. y E.S.E., por ante mí, la Secretaria autorizante;

DIJERON:

Que, la creación de los Juzgados de Primera Instancia en los distritos de Capiatá y J.A.S. delD.. Central, todos en la jurisdicción de la 1ª. Circunscripción Judicial de la Capital, para responder a la necesidad de tornar accesible los beneficios de la justicia a los habitantes de toda la geografía nacional.

Que, corresponde delimitar la competencia territorial de los mismos, de suerte a abarcar con los nuevos Juzgados creados el mayor número de pobladores, considerando como razones de orden practico las situaciones derivadas de la existencia de vías de comunicación más cercanas y la necesidad de establecer una carga equitativa de las tareas jurisdiccionales.

Que dicha delimitación de competencia territorial se realiza con el contexto de una reestructuración de los límites de las Circunscripciones más amplio para ajustarlo al marco administrativo legal vigente (Decreto N° 13088)

Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 247 de la Constitución Nacional, "La administración de justicia está a cargo del Poder Judicial, ejercido por la Corte Suprema de Justicia" y el inciso i) del artículo 29 del Código de Organización Judicial le impone el deber de "redistribuir" los juicios en trámite en caso de creación o supresión de Juzgados y Tribunales en la Capital y en las Circunscripciones Judiciales en el interior del país".

Por tanto, en mérito de las consideraciones expuestas y las disposiciones legales citadas, la

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACUERDA

Art. 1°. Queda establecida la competencia territorial de los Juzgados de 1°. Instancia creados de la siguiente forma.

  1. CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA CAPITAL

  1. - Juzgados de 1°. Instancia con asiento en la ciudad de Asunción.

    Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Asunción, B.A., Nanawa, V.H., F. de la Mora, P.. P., P.C. y J.F.. Además de los Juzgados de Paz de Río Verde, Campo Aceval, Chaco í, Col. G.. B., Col. G.R. de Francia, Col. Rojas Silva, F.C., Tte. E.M., Tte. M.I.F., F.G.. D. y F.C.P.P..

  2. - Juzgados de 1° Instancia con asiento en la ciudad de Filadelfia.

    Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Filadelfia y Mariscal Estigarribia. Además de los Juzgados de Paz de J.E. y P.P.P..

  3. - Juzgados y Tribunales del Ñeembucú: P., A., V.F. y Villa Oliva

  4. - Juzgados de 1°. Instancia con asiento en la ciudad de L..

    Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de L., Areguá, Limpio y M.R.A..

  5. - Juzgados de 1°.Instancia con asiento en la ciudad de San Lorenzo.

    Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en el distrito de San Lorenzo.

    ACORDADA N°.........................................

  6. - Juzgados de 1°. Instancia con asiento en la ciudad de Capiatá.

    Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Capiatá, Itauguá e Ypacaraí.

  7. - Juzgados de 1° Instancia con asiento en la ciudad de J.A.S..

    Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de J.A.S., Ypané, Guarambaré, Itá, Nueva Italia y Villeta.

  8. - Juzgados de 1°. Instancia con asiento en la ciudad de Lambaré.

    Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Lambaré, V.E., San Antonio y Ñemby.

  9. - Juzgados de 1° Instancia con asiento en la ciudad de Paraguarí.

    Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Paraguarí, Acahay, C., Carapeguá, E., La Colmena, Pirayú, Quiindy, R.G. de Sta. Cruz, Sapucai, Tebicuarymí, Y.Y., Ybytymí, Caapucú, Mbuyapey y Quyquyhó.

  10. - Juzgados de 1° Instancia con asiento en la ciudad de Caacupé.

    Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Caacupé, Altos, A., Caraguatay, E.A., Isla Pucú, Itacurubí de la Cordillera, J. de Mena, L.G., M. delY., Nueva Colombia, Piribebuy, Primero de Marzo, S.B., S.J.O., S.. E., Tobatí, V., Emboscada y Arroyos y Esteros.

    Art.2° ANÓTESE, regístrese, notifíquese.

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