Acordada nº 1079 de Corte Suprema de Justicia, 31 de Mayo de 2016

PresidenteAlicia Beatriz Pucheta de Correa
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia

ACORDADA N° 1079

POR LA CUAL SE REESTRUCTURA LA DIRECCION DE ASUNTOS INTERNACIONALES E INTEGRIDAD INSTITUCIONAL Y SE CREA LA DIRECCION DE COOPERACION Y ASISTENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los treinta y uno días del mes de mayo del año dos mil dieciséis, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, la Excma. Señora Presidenta Dra. A.B.P. de Correa, y los Excmos. Señores Ministros Doctores, J.R.T.K., M.P.C., A.F., M.O.B.A., S.B., C.A.G., L.M.B.R. y G.E.B. de Módica; ante mí, el S. autorizante;


D I J E R O N:

Que, por Acordada 533/2008 se creó la Dirección de Asuntos Internacionales dependiente de la Corte Suprema de Justicia y por Acordada 616/2010 se dispuso que las funciones correspondientes a la Oficina de Integridad Institucional y la Dirección de Asuntos Internacionales, sean desarrolladas ante la "Dirección de Asuntos Internacionales e Integridad Institucional" del Área de Estrategia y Apoyo Institucional de la Corte Suprema de Justicia y estableció el marco normativo institucional en materia de fortalecimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia en el ámbito internacional, a través de la implementación de políticas de la Corte Suprema de Justicia en materia de relaciones internacionales.

Que, reconociendo los esfuerzos aislados realizados por la Corte Suprema de Justicia y sus diversas dependencias, así como los de instituciones nacionales, internacionales y la sociedad civil integrada en una multitud de iniciativas que vienen realizando, se identifica la necesidad de constituir un verdadero tejido de cooperación y concertación tanto a nivel interno como externo para avanzar en un fortalecimiento del Poder Judicial del Paraguay.


Que, la Cumbre Judicial Iberoamericana, así como su adecuada difusión y visibilidad a lo interno de cada una de las instituciones y países miembros, demandan una actuación fuertemente proactiva, solícita y dinámica por parte de la Coordinación Nacional.


Que, la Coordinación Nacional es la que funge como enlace entre la Corte, el Tribunal Supremo o el Consejo de la Judicatura, respectivo y las Secretarias Permanente y Pro Tempore, responsables de dar seguimiento a las declaraciones, decisiones, recomendaciones y proyectos de la Cumbre Judicial Iberoamericana.


Que, la XV Asamblea Plenaria de la Cumbre Judicial Iberoamericana celebrada en Montevideo, República Oriental del Uruguay, aprobó el Estatuto de la “Comisión Permanente de Coordinación y Seguimiento de la Cumbre Judicial Iberoamericana” que tiene como objetivo evaluar el desarrollo de los trabajos de los distintos productos y proyectos creados en las ediciones de la Cumbre, coordinar el cumplimiento de los acuerdos y conclusiones de la Asamblea Plenaria por parte de los países integrantes de la Cumbre, identificar dificultades operacionales entre los proyectos, productos y comisiones, y proponer a la Cumbre recomendaciones para mejorar la coordinación y eficiencia de sus



ACORDADA N° 1079


trabajos. Al cumplir con sus objetivos, la Comisión de Coordinación respetará la autonomía e independencia de cada Poder Judicial.


Que, la República del Paraguay, a través de la Corte Suprema de Justicia, fue sede de la XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana 2016; y por Resolución N° 6032 del 29 de setiembre de 2015 se resolvió integrar el órgano técnico de la Secretaría Pro Tempore, con funciones hasta el 20 de abril de 2016.


Que, la conformación de una nueva estructura para el desarrollo de políticas de la Corte Suprema de Justicia de la República del Paraguay en el ámbito internacional y con énfasis, en el ámbito Iberoamericano; requiere la integración de una unidad técnica y de apoyo con carácter permanente.


Que, por tal motivo, corresponde modernizar la actual estructura de la Dirección de Asuntos Internacionales e Integridad Institucional, transformándola en una unidad con mecanismos de coordinación y de seguimiento y una metodología de análisis y valoración de resultados continuados que resulten pertinentes para el buen desempeño y orientación de las acciones emprendidas, en el marco de las Cumbres Judiciales.


Que, la Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones legales y constitucionales para dictar resoluciones y adoptar decisiones tendientes a la excelencia y eficacia de la administración de justicia de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3°, inc. a) de la Ley 609 que organiza la Corte Suprema de Justicia y el art. 29, inc. a) de la ley 879/81Código de Organización Judicial”.


Por tanto, en uso de sus atribuciones,


LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

RESUELVE:


Art. 1°.- DISPONER que en adelante la Dirección de Asuntos Internacionales pase a denominarse “Dirección de Cooperación y Asistencia Judicial Internacional de la Corte Suprema de Justicia”.

Art. 2°.- FUNCIONES la nueva estructura, sin perjuicio de las establecidas en la Acordada 533/08, tendrá como funciones principales:

  1. Dar seguimiento a los proyectos de la Cumbre y propiciar el cumplimiento de los compromisos asumidos por la institución que representa.

  2. Actuar como enlace entre las Secretarías Permanente y Pro-tempore y la institución que representa.

  3. D., a lo interno de su institución, los productos y resultados de la Cumbre, con especial atención a los miembros de la Judicatura.

  4. Brindar toda la colaboración que las Secretarías le soliciten.


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  5. Cumplimentar y remitir de manera puntual y completa los cuestionarios y cualquier tipo de información que le sea requerida en el desarrollo de los trabajos de cada edición.

  6. Validar, a lo interno de la institución que representa, la veracidad y el carácter oficial de los datos e informaciones contenidos en los documentos y cuestionarios que se remitan a la Cumbre.

  7. Actualizar en el portal informático de la Cumbre, directamente o en la forma que indique la Secretaría Permanente, la información correspondiente al país o a la institución que representa.

  8. Asistir a todas las reuniones preparatorias de Coordinadores Nacionales.

  9. Recabar con la suficiente antelación, de la institución respectiva, el otorgamiento de los poderes y autorizaciones que se le demanden para poder prestar conformidad con los resultados provisionales o definitivos en las reuniones a las cuales asista.

  10. Validar en el marco de las Reuniones Preparatorias, los documentos que deben ser aprobados en la Asamblea Plenaria de la Cumbre Judicial Iberoamericana.

  11. Actuar como facilitador de contactos y gestiones en el seno de la institución, y en su caso, en relación a los convenios o acuerdos adoptados entre países miembros de la Cumbre.

  12. Conservar toda la documentación de la edición en curso, así como de las ediciones precedentes y depositarla en la sede de su institución.

  13. Entregar a quien le suceda en las funciones de coordinación nacional toda la documentación relativa a la Cumbre.

  14. Realizar cualquier otra actividad que le sea encomendada en el marco de la Cumbre.

    Art. 3°.- La Dirección de Cooperación y Asistencia Judicial Internacional, tendrá como responsable al Ministro Prof. Dr. L.M.B.R., ex S. Pro Tempore y actual integrante de la Comisión de Coordinación y Seguimiento de la Cumbre Judicial Iberoamericana.

    Art. 4°.- ENCOMENDAR a la Dirección General de Administración y Finanzas y a la Dirección General de Recursos Humanos de la Corte Suprema de Justicia, las previsiones necesarias para el funcionamiento técnico operativo y funcional de la estructura creada.

    Art. 4°.- APROBAR el Anexo 1 de la presente Acordada que contiene la estructura orgánica de la Dirección de Cooperación y Asistencia Judicial Internacional.

    Art. 5°.- ANOTAR, registrar, notificar.



    Ante mí:


    ACORDADA N° 1079













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