Acordada nº 1308 de Corte Suprema de Justicia, 13 de Mayo de 2019

PresidenteEugenio Jiménez Rolón
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2019
EmisorCorte Suprema de Justicia

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los trece días del mes de mayo del año dos mil diecinueve, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. E.J.R. y los Excmos. Señores Ministros Doctores, L.M.B.R., G.E.B. de M., A.F., C.A.G., M.P.C., M.D.R.C. y A.J.M.S., ante mí, el Secretario autorizante;


D I J E R O N:

Que, por Resolución N° 465 del 10 de mayo de 2019, del Consejo de Superintendencia de resolvió: “…ART. 1°: DISPONER la suspensión de los plazos procesales del día 10 de mayo del 2019 de la Ciudad de Pilar, Circunscripción Judicial de Ñeembucú. ART. 2°: AUTORIZAR la utilización de la explanada del Poder Judicial de la Ciudad de Pilar, Circunscripción Judicial de Ñeembucú, a las personas que necesiten ocupar con carpas para su resguardo, sin obstaculizar el normal desarrollo de las actividades judiciales. ART. 3°: DISPONER la utilización de vehículos a cargo del Poder Judicial de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú, en caso de necesidad para auxilio de Magistrados y Funcionarios. ART. 4°: REMITIR al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, para su ratificación. ART. 5°: ANOTAR, registrar y notificar…”.


La Corte Suprema de Justicia, tiene atribuciones para dictar los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de Justicia, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3°, inciso b), de la Ley N° 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, en ese sentido, para una mejor administración de Justicia.


En ese sentido, a los efectos de tomar medidas para brindar asistencia a los Magistrados, Funcionarios y Ciudadanos en general de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú, esta máxima instancia judicial encuentra pertinente ratificar lo resuelto en la Resolución N° 465/2019, del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia.


Por tanto;

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

A C U E R D A:


Art. 1º.- Ratificar la Resolución Nº 465 del 10 de mayo de 2019, del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia.


Art. 2º.- Anotar, registrar y notificar.





Ante mí:

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