Acordada de Superior Tribunal de Justicia, 20 de Noviembre de 1919

Fecha de Resolución20 de Noviembre de 1919
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

ACUERDA

Art. 1º Recomendar a los magistrados judiciales de toda la República la estricta observancia de la Acordada de fecha 7 de Junio de 1913.

Art. 2º Mensualmente cada J. pasará al Superior Tribunal una comunicación enumerando las causas o juicios en que se han inhibido, el motivo y la parte nombrada que ha provocado la inhibición. En la misma comunicación hará enumeración precisa de las causas o juicios que ha recibido por inhibición de otros magistrados, mencionando en cada caso el magistrado de quien le pasó el asunto. En los Tribunales colegiados la comunicación se hará en igual forma por los Presidentes, respecto a cada uno de los miembros que componen el Tribunal.

Art. 3º C. esta acordada y la referida en el Nº 1, en forma conveniente para su mejor conocimiento, sin perjuicio de la notificación de práctica. R..

Firmado: F.C., F.P., M.B..

Ante mí: G.M..

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