Acordada nº 6 de Superior Tribunal de Justicia, 16 de Noviembre de 1922
Presidente | Luis Martínez Miltos |
Fecha de Resolución | 16 de Noviembre de 1922 |
Emisor | Superior Tribunal de Justicia |
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
Art. 1° Los Escribanos de Registro que reciban los escritos mencionados en el artículo 3° de la referida Acordada (N° 22 del 18-XII-1903), presentarán ante quien corresponda, y en su despacho oficial, el escrito en que hayan consignado el cargo hasta las 9 a.m. del día siguiente en los meses de abril a setiembre inclusive, y hasta las 8 a.m. desde octubre a marzo inclusive.
Art. 2° Pasadas esas horas no serán ya admitidos dichos escritos y producirán el efecto de "No presentado", autorizando la declaración de rebeldía, con sus consecuencias legales en cada caso.
Art. 3° Comuníquese y publíquese.
Firmado: C.L.I., E.F., E.J..
Ante mí: J.M.N..
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Acordada nº 6 de Corte Suprema de Justicia, 2 de Octubre de 1972
...en los meses de octubre a marzo inclusive. Se mantienen sin modificación las demás disposiciones contenidas en la Acordada N° 6 del 16 de noviembre de 1922. Comuníquese y Firmado: J.F.M., C.G., J.P.O., R.S.A., J.A.C.. Ante mí: L.S.T.M. Contenidos ACUERDA En la Ciudad de Asunción, Capital de......
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Acordada nº 6 de Corte Suprema de Justicia, 2 de Octubre de 1972
...en los meses de octubre a marzo inclusive. Se mantienen sin modificación las demás disposiciones contenidas en la Acordada N° 6 del 16 de noviembre de 1922. Comuníquese y Firmado: J.F.M., C.G., J.P.O., R.S.A., J.A.C.. Ante mí: L.S.T.M. Contenidos ACUERDA En la Ciudad de Asunción, Capital de......