Circular Registral Nº 11/2016 Instrucciones sobre vigencia de autorizaciones judiciales de fecha 29 de abril de 2016
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A: JEFES DE PUBLICIDAD E INSCRIPCIONES Y DPTO DE MESA DE ENTRADAS.
DE: DIRECTORA DEL REGISTRO INMOBILIARIO.
C.C.: DIRECTORA GENERAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS.
C.C.: VICE DIRECTORA GENERAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS.
C.C.: DEPARTAMENTO DE ASESORIA DE LA DGRP Y ASESORES.
C.C.: JEFATURA DE PODERES, PUBLICIDAD E INSCRIPCIONES.
C.C.: COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY
ASUNTO: INSTRUCCIONES SOBRE VIGENCIA DE AUTORIZACIONES JUDICIALES.
FECHA: 29 DE ABRIL DE 2016.
Vista, la consulta formulada por la Jefa de la Oficina de Poderes, Inscripciones con relación a la interpretación del artículo 349 del C.O.J. y los artículos 344 y 346 del RGTR ya que en el art. 344 no se menciona a las "autorizaciones judiciales" como documento a inscribir, sin embargo el art. 346 menciona: "se llevará registro separado para poderes y autorizaciones judiciales".
A estos artículos hay que agregar el Nº 57 que dice: "La aceptación en nombre de menores deberá ser hecha por ambos progenitores sea en el mismo acto o en actos separados, pero no se perfeccionará la aceptación sino hasta que haya sido aceptada por ambos. Tratándose de Sentencias por las cuales se designe tutor o curador, deberán estas inscriptas en el registro de poderes, así como las venias por las cuales el Juzgado autorice a los representantes necesarios a disponer y aceptar bienes en nombre de los menores o incapaces".
Considerando, que la citada consulta fue elevada al Departamento de Asesoría de la DGRP, quien a través de la Dra. Liliana Giménez de Castillo ha formulado el siguiente dictamen:
Aplicación del Reglamento:
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De lo antes dicho, surge que el RGTR ya no exige la toma de razón de estas autorizaciones judiciales, por lo tanto a partir de la vigencia del Reglamento, no será exigible tal inscripción.
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Los rogantes que deseen su toma de razón, podrán dar entrada a dichas decisiones judiciales, por mesa de entrada con el mismo trámite que se estaba siguiendo para tales casos.
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Estando inscripta una autorización judicial, se podrá solicitar certificado de vigencia para los actos a otorgar en virtud a tal autorización.
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Se abrirá registro de autorizaciones judiciales, para los casos citados y para levantamientos que ingresaren.
Por tanto, en base al dictamen precedentemente citado, corresponde impartir a las oficinas de inscripciones de inmuebles las...
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