Decreto Nº 2.199 /14, por el cual se reglamenta la Ley n° 4974/2013 que crea la secretaría de defensa del consumidor y el usuario (sedeco)

CAPÍTULO ÚNICO Naturaleza Jurídica y Autoridad de Aplicación Artículos 1 y 2
ARTÍCULO 1

Reglaméntase la Ley N.4974/2013 "Que crea la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO) " de conformidad a lo establecido en el presente Decreto.

ARTÍCULO 2

La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario, identificada con la sigla SEDECO, es una persona jurídica de derecho público, autárquica y con patrimonio propio. Es el órgano de ejecución de la política nacional de defensa del consumidor y del usuario y autoridad de aplicación de la Ley N.1334/1998 "De Defensa del Consumidor y del Usuario", sus reglamentaciones y demás leyes complementarias en la materia.

CAPÍTULO I Del Objeto y la Finalidad Artículo 3
ARTÍCULO 3

Este Decreto tiene por finalidad reglamentar la Ley N.4974/2013 "Que crea la Secretaría de Defensa del Consumidor y del Usuario (SEDECO) ", establecer las normas básicas relativas a la organización, el funcionamiento de las dependencias en que se estructura, así como la dirección, coordinación, administración y gestión de dicho órgano, en los términos contenidos en la Ley y el presente acto administrativo.

CAPÍTULO II De la denominación Artículo 4
ARTÍCULO 4

La SEDECO podrá adoptar como símbolo su propia denominación. Así mismo el Secretario podrá establecer logos, emblemas o lemas para identificar a la institución.

CAPÍTULO III Organización y Responsabilidades de la Secretaría de Defensa del Consumidor y del Usuario (SEDECO) Artículos 5 a 14
ARTÍCULO 5

La estructura orgánica y funcional de la SEDECO está conformada por los niveles de conducción nacional, direcciones técnicas, especializadas, direcciones administrativas bajo el siguiente orden de autoridad: Secretario, Secretaría General, Direcciones, Coordinaciones, Departamentos, Divisiones, Secciones.

SECCIÓN I De la Estructura Orgánica Artículos 6 a 11
ARTÍCULO 6

La SEDECO, de conformidad a lo dispuesto por los Artículos 7. 10 y 18 de la Ley N.4974/2013 estará estructurado por las siguientes dependencias:

1)- Secretario.

2)- Secretaría General.

3)- Dirección de Gabinete.

4)- Dirección de Auditoría Interna.

5)- Unidad de Transparencia y Anticorrupción.

6)- Dirección de Asuntos Jurídicos.

7)- Dirección de Administración y Finanzas.

8)- Dirección de Procedimientos.

9)- Dirección de Capacitación y Comunicación.

10)- Dirección de Fiscalización.

DEL SECRETARIO

ARTÍCULO 7

La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario, está a cargo de un Secretario, en caso de ausencia temporal, el Secretario será remplazado interinamente por uno de los Directores de la Institución, que aquel designe por Resolución.

El Secretario es la máxima autoridad de la Institución y responsable de la formulación y ejecución de la política confiada a la SEDECO, y en tal carácter ejerce la representación legal y la potestad de administración y supervisión sobre las dependencias que conforman la organización.

SECRETARÍA GENERAL

ARTÍCULO 8

La Secretaría General es la dependencia responsable de proporcionar soporte y asistencia al titular de la SEDECO en los asuntos presentados y requeridos a la Institución, redacción de notas, archivo y sistematización de toda la documentación y actos administrativos emanados de la misma y otras funciones y atribuciones que los reglamentos establezcan o las que el Secretario disponga. Además refrendará toda Resolución o documentación emitida por el Secretario. Es el responsable de expedir copias autenticadas de la documentación Institucional, así como la responsable de la custodia de las mismas.

DIRECCIÓN DE GABINETE

ARTÍCULO 9

La Dirección de Gabinete tendrá a su cargo la atención de las actividades y órganos que constituyen el despacho del Secretario; además de las gestiones de la Secretaría Privada, y atenderán sus relaciones con el público en general, así como la organización y el mantenimiento del archivo correspondiente a las gestiones realizadas.

DIRECCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA

ARTÍCULO 10

Es el órgano encargado de controlar y evaluar las cuestiones técnicas, administrativas y financieras de la SEDECO. Tendrá a su cargo el control y la evaluación de las gestiones de todas las dependencias de la SEDECO; proporcionando análisis objetivos y recomendaciones tendientes a mejorar el funcionamiento de la Institución.

La Dirección de Auditoría Interna podrá examinar a cualquiera de las dependencias que formen parte del organigrama institucional a fin de detectar si existen irregularidades en el manejo de las mismas.

UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ANTICORRUPCIÓN

ARTÍCULO 11

Es la dependencia Institucional responsable de la promoción de la integridad, trasparencia y lucha contra la corrupción, detección de hechos de corrupción, de participación ciudadana y del sistema de monitoreo y evaluación correspondiente, en el proceso de fortalecimiento institucional.

SECCIÓN 11 De las Direcciones Artículos 12 a 14
ARTÍCULO 12

Las Direcciones tendrán a su cargo la aplicación de las normas establecidas en la Ley N.4974/2013, las normas legales vigentes en materia de defensa del consumidor y del usuario, los reglamentos internos, manuales operativos de organización, funciones y procedimiento, dictados y aprobados por Resolución del Secretario.

Las Direcciones que integran la SEDECO estarán conformadas por los siguientes Departamentos:

1)- Dirección de Asuntos Jurídicos.

  1. Departamento de Asuntos Procedimentales.

  2. Departamento de Sumarios Administrativos.

  3. Departamento de Estadísticas y Archivo.

  4. Departamento de Procuraduría.

    2)-Dirección de Administración y Finanzas

  5. Departamento de Talento Humano.

  6. Departamento de Contabilidad y Presupuesto.

  7. Departamento de Tesorería y Finanzas.

  8. Departamento de la Unidad Operativa de Contrataciones.

    Los...

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