Decreto No. 1820.- Por el cual se reglamenta el artículo 1° de la Ley No. 6277/2019, 'Que amplía los artículos 2° y 10 de la Ley No. 5210/2014, 'De alimentación escolar y control sanitario'

VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, mediante la cual solicita la reglamentación del Artículo 2º de la Ley Nº 6277/2019, «Que amplía los Artículos 2ºy 10 de la Ley Nº 5210/2014, De Alimentación Escolar y Control Sanitario », referente a las bananas como complemento de la alimentación escolar; y

CONSIDERANDO: Que el Artículo 238. Numeral 3), de la Constitución Nacional establece que es atribución del Poder Ejecutivo la reglamentación y el control del cumplimiento de las normas jurídicas.

Que la Ley Nº 6277/2019, en el Artículo Io, establece: «Amplíame los Artículos 2º y 10 de la Ley Nº 5210/2014, De Alimentación y Control Sanitario», que quedan redactados de la siguiente manera: «Artículo 2 o.A los efectos de esta Ley, se entiende por alimentación escolar: A la alimentación, variada, balanceada, de calidad óptima y adecuada a los requerimientos nutricionales de cada grupo etáreo proporcionado en el marco del régimen escolar, conforme con las características socioculturales y la disponibilidad de los productos e insumos alimenticios característicos de los territorios y que al mismo tiempo promuevan acciones pedagógicas que permitan que se conviertan en una experiencia educativa para la formación de hábitos alimentarios saludables en la población escolar atendida por el Sistema Educativo y el desarrollo de los componentes pedagógicas en materia de derecho a la alimentación y seguridad alimentaria con la participación de la comunidad educativa. Complementando la alimentación escolar, se incluirá como mínimo dos bananas de producción nacional por lo menos tres días a la semana de »acuerdo con la disponibilidad».

Que la banana posee particularidades específicas en toda su cadena de valor, tanto en la producción, cosecha, empaquetado, trasporte y maduración para su posterior consumo, por lo que resulta necesario reglamentar la citada disposición normativa, a los efectos de incluir dicha fruta en la alimentación escolar; y, de tal forma, que asegure la calidad e inocuidad de las mismas, prioritariamente de la...

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