Decreto No. 2298.- Por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto No. 1832 de fecha 27 de mayo del 2019 'Por el cual se establece un Régimen Excepcional de Regularización e Incorporación de Embarcaciones a la Flota Mercante Nacional'

VISTO: La presentación efectuada por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones mediante la cual se remite el Proyecto de Decreto por el cual se modifica parcialmente el Decreto Nº 1832/2019, y;

CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numeral 1), de la Constitución de la República del Paraguay faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a dirigir la administración general del país.

Que la Ley Nº 429/1957, «Por la cual se crea la Dirección General de la Marina Mercante y se establecen sus atribuciones» establece la misión, deberes y atribuciones de la Dirección General de la Marina Mercante.

Que la Ley Nº 167/1993, «Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley Nº 5 de fecha 27 de marzo de 1991 “Que establece la estructura orgánica y funciones del ministerio de obras públicas y comunicaciones».

Que el Paraguay ratificó por Ley Nº 269/1993, «Que aprueba el acuerdo de transporte fluvial por la hidrovía Paraguay -Paraná y sus seis Protocolos Adicionales, suscrito entre los gobiernos de la República Argentina, de la República de Bolivia, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay», el Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná.

Que el Decreto Nº 1994/2014, «Por el cual se reglamenta la incorporación de embarcaciones a la Flota Mercante Nacional; se designa a la Dirección General de Marina Mercante como única autoridad fluvio-marítima de la República del Paraguay y se derogan el Decreto Nº 5399/2005

Por el cual se establece los requisitos y procedimientos para la inscripción, matriculación y abanderamiento de buques y artefactos navales”; su Decreto modificatorio Nº 1357/2014 y el Decreto Nº 21.874/2003».

Que es prioridad para este gobierno fomentar el desarrollo económico y social del país, y en tal sentido, es de vital importancia incentivar al sector fluvial con regulaciones...

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