Decreto No. 2400.- Por el cual se objeta totalmente el proyecto de Ley No. 6348/2019 'Que declara zonas de protección a las áreas de recarga y nacientes del sistema acuífero Patiño y regula la gestión del agua superficial y subterránea'

VISTO: El proyecto de ley Nº 6348/2019, «Que declara zonas de protección a las áreas de recarga y nacientes del sistema Acuífero Patino y regula la gestión del agua superficial y subterránea», sancionado por el Honorable Congreso Nacional el 4 de julio de 2019 y recibido en la Presidencia de la República el 9 de agosto del corriente año; y

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República del Paraguay, en su artículo 238.4, dispone que el Presidente de la República tiene la atribución de vetar, total o parcialmente, las leyes sancionadas por el Congreso, formulando las observaciones u objeciones que estime convenientes.

Que a criterio del Poder Ejecutivo existen fundamentos suficientes para la objeción total del proyecto de ley Nº 6348/2019, «Que declara zonas de protección a las áreas de recarga y nacientes del sistema Acuífero Patino y regula la gestión del agua superficial y subterránea», conforme se desprende de las siguientes argumentaciones.

Que el proyecto de ley sancionado tiene por objeto declarar como zona de protección a las áreas de recarga y nacientes del sistema Acuífero Patino. Regidor la gestión del agua superficial y subterránea con el fin de preservarlas como reservas hídricas y estratégicas para el consumo humano, la agricultura, la industria, la protección de la biodiversidad y como fuente de información científica.

Que el artículo 7º de la Constitución establece: «Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado. Constituyen objetivos prioritarios de interés social la preservación, la conservación, la recomposición y el mejoramiento del ambiente, así como su conciliación con el desarrollo humano integral [...]».

Que en virtud del artículo 3º de la Ley Nº 6123/2018, «Que eleva al rango de Ministerio a la Secretaría del Ambiente y pasa a denominarse Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible» se constituye dicho Ministerio en Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 3239/2007, «De los Recursos Hídricos del Paraguay».

Que la Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo de la Honorable Cámara de Senadores solicitó parecer técnico del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, el cual fue respondido, en fecha 5 de junio del corriente año, manifestando que: «Después de transcurrido varios años, el proyecto está totalmente desfasado con respecto a la situación actual».

El proyecto de ley está desfasado en el tiempo y fuera de contexto ya que el mismo respondía a una supuesta sobreexplotación del Acuífero, y de que el recurso se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR