Decreto No. 2465.- Por el cual se Reglamenta el Artículo 2, de la Ley No. 6365/2019 'Que declara en situación de emergencia todos los establecimientos penitenciarios del territorio de la República y amplía el presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2019', y se dispone el empleo de elementos de las fuerzas púbicas para la seguridad penitenciaria

VISTO: La Ley Nº 6365/2019 «Que declara en situación de emergencia todos los establecimientos penitenciarios del territorio de la República y amplía el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2019».

La Ley Nº 5162/2014, «Código de Ejecución Penal para la República del Paraguay» y;

CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numeral 9) la Constitución de la República del Paraguay, dispone que el Presidente de la República es Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, cargo que no se delega [...].

Que el Artículo 2º, de la Ley Nº 6365/2019 establece que: «De conformidad con lo establecido en los Artículos 226 y 227 de la Ley Nº 5162/14, «Código de Ejecución Penal para la República del Paraguay», el Poder Ejecutivo, reglamentará dentro del plazo de 15 días, el plan de Seguridad con el concurso de las Fuerzas Públicas en la Seguridad y Vigilancia de todos los establecimientos penitenciarios de la República».

Que el Código de Ejecución Penal expresamente dispone en su Artículo 226: «La seguridad y vigilancia de los establecimientos estará a cargo del personal penitenciario, salvo casos excepcionales en que sea necesario recurrir al concurso de la Fuerza Pública. En la medida de lo posible, se tenderá a organizar el servicio de seguridad y vigilancia en los establecimientos penitenciarios en cuerpos de seguridad externa y cuerpos de seguridad interna».

Que a su vez, el Artículo 227 del mismo cuerpo normativo dispone: «La vigilancia^f seguridad exterior de los establecimientos corresponde a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR