Decreto No. 3153.- Por el cual se establece la conectividad obligatoria para la provisión de datos estadísticos y nomenclatura del sector comercio de servicios y se faculta a la dirección general de comercio de servicios, del ministerio de industria y comercio para su gestión y administración

VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Industria y Comercio, en la que solicita se establezca la conectividad obligatoria para la provisión de datos estadísticos y nomenclatura del sector comercio de servicios y se faculte a la Dirección General de Comercio de Servicios para su gestión y administración; y

CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numeral 1), de la Constitución Nacional establece que es atribución de quien ejerce la Presidencia de la República, representar al Estado y dirigir la administración general del país.

Que la Ley Nº 904/1963 establece las funciones del Ministerio de Industria y Comercio, modificada por la Ley Nº 2961/2006 y, posteriormente, por la Ley Nº 5289/2014.

Que al...

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