Decreto No. 3184.- Por el cual se reglamenta el Impuesto a la Renta Personal (IRP) establecido en la Ley No. 6380/2019, «de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional»

VISTO: La Ley Nº 6380/2019, «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional»; y

CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numeral 5), de la Constitución Nacional faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a dictar decretos que reglamenten las leyes promulgadas.

Que varios artículos de la Ley Nº 6380/2019facultan al Poder Ejecutivo a dictar una disposición que contenga todas aquellas normas que hagan posible la aplicación del Impuesto a la Renta Personal (IRP).

Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen Nº 1752/2019.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:

Art. 1º Reglaméntase el Título III «Impuesto a la Renta Personal (IRP)» de la Ley Nº 6380 del 25 de setiembre de 2019, «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional», conforme al Anexo que forma parte de este Decreto.
Art. 2º Facúltase a la Administración Tributaria a emitir las reglamentaciones necesarias para la aplicación, administración, percepción y control del Impuesto a la Renta Personal (IRP). } /
Art. 3º

Establécese que los contribuyentes del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal quienes, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 2421/2004, «De Reordenamiento Administrativo y de Adecuación Fiscal», y sus modificaciones, que percibían ingresos provenientes exclusivamente del cobro de dividendos, utilidades o rendimientos, y que a partir del 1 de enero de 2020 se encuentren gravados por el IDU, darán de baja a la obligación IRP en los plazos y condiciones que...

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