Decreto No. 3581.- Por el cual se dispone la creación de una nueva Comisión Interinstitucional denominada 'Comisión ODS Paraguay 2030' para el cumplimiento de los compromisos internacionales adoptados por el Paraguay en el marco de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible, y se organiza su estructura orgánica y funciones

Publicado enGaceta Oficial de la República del Paraguay

VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante la cual solicita la modificación de la estructura institucional creada para promover e impulsar políticas públicas, proyectos y acciones encaminados a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en la República del Paraguay; y

CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numeral 7), de la Constitución Nacional establece que es atribución de quien ejerce la Presidencia de la República el manejo de las relaciones exteriores del Estado.

Que por Resolución A/RES/70/1, del 25 de setiembre de 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el documento titulado «Transformando el Mundo: La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», que constituye un plan de acción en favor de las personas y del planeta, cuyo objetivo es fortalecer la paz mundial en un concepto amplio de libertad y derechos, que busca, entre otros fines, erradicar la pobreza, conservar y mejorar el me dio ambiente, asegurar el bienestar y promover la prosperidad como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible, con metas específicas que deben alcanzarse en un periodo de quince (15) años.

Que la Agenda 2030 establece 17 ODS y 169 metas de carácter integrado e indivisible, que abarcan leís dimensiones económica, social y ambiental.

Que los principios y estándares de derechos humanos se sitúan en la base de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la cual busca reforzar estos derechos y, al mismo tiempo, garantizar el bienestar de todas las personas, comenzando con aquellas excluidas o relegadas de los beneficios materiales del desarrollo.

Que los objetivos contenidos en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible están en línea con el Plan Nacional de Desarrollo 2030, que es el instrumento del Estado paraguayo que establece los ejes estratégicos y las líneas transversales que pretenden guiar las políticas públicas para transitar hacia el desarrollo sostenible en un marco de colaboración del que participan los diversos niveles de gobierno, el sector privado, la academia, la sociedad civil y otros actores relevantes.

Que con la finalidad de atender apropiadamente los retos derivados de la consecución de los ODS y sus metas, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto Nº 5887, del 6 de setiembre de 2016, «Por el cual se crea la Comisión Interinstitucional de Coordinación para la implementación, seguimiento y monitoreo de los compromisos internacionales en el marco de los Objetivos del Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas», integrada por representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Ministerio de Hacienda, de la Secretaría Técnica de Planificación para el Desarrollo Económico y Social y del Gabinete Social de la Presidencia de la República.

Que los subsistentes desafíos derivados del cumplimiento de los ODS obligaron a la comisión a realizar una evaluación general de la arquitectura jurídica e institucional rectora de las gestiones propias de la agenda y a pronunciarse sobre la conveniencia de introducir cambios capaces de coadyuvar a la consecución de los compromisos asumidos por el Paraguay en dicho marco.

Que la reflexión así propiciada permitió concluir que es preciso fortalecer la estructura diseñada por el citado Decreto Nº 5887/2016, mediante la ampliación de la comisión e integración de autoridades nacionales del más alto nivel, a cuyo cargo quedará la adopción de decisiones cruciales de cara a hacer avanzar los procesos conducentes a la cristalización de los ODS para el año 2030 y que es necesario establecer canales que permitan la participación ciudadana inclusiva en estos procesos.

Que en consecuencia, es necesario crear una nueva Comisión a fin de rediseñar la estructura orgánica institucional encargada de la coordinación de los trabajos de planificación, internalización, difusión, diagnóstico, priorización, implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación del proceso que buscará alinear la labor del Estado con la Agenda 2030, atribuyendo a cada instancia funciones y competencias específicas.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Art. 1º Dispónese la creación de una nueva Comisión Interinstitucional denominada «Comisión ODS Paraguay 2030», para el cumplimiento de los compromisos internacionales adoptados por el Paraguay en el marco de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
Art. 2º Estructura

La Comisión ODS Paraguay 2030, en...

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