Decreto No. 3619.- Por el cual se establecen medidas en el marco de la emergencia sanitaria declarada en el territorio Nacional por la Pandemia del Coronavirus (COVID-19) correspondientes a la fase 2 del plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo general (Cuarentena Inteligente)

VISTO: Los Artículos 68 y 238, Numeral 1), de la Constitución Nacional;

El Decreto Nº 3442 del 9 de marzo de 2020, “Por el cual se dispone la implementación de acciones preventivas ante el riesgo de expansión del Coronavirus (COVID-19) al territorio nacional”;

El Decreto Nº 3456 del 16 de marzo de 2020, “Por el cual se Declara Estado de Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional para el control del cumplimiento de las Medidas Sanitarias dispuestas en la implementación de las acciones preventivas ante el riesgo de expansión del Coronavirus(COVID-19)”;

El Decreto Nº 3576 del 3 de mayo de 2020, “Por el cual se establecen medidas en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada en el territorio nacional por la Pandemia del Coronavirus (COVID-19) correspondientes a la Fase 1 del Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General (Cuarentena Inteligente)”; y

CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 3478/2020, el Poder Ejecutivo amplió las medidas sanitarias establecidas en el Decreto Nº 3456/2020, en el marco de la emergencia sanitaria declarada ante el riesgo de expansión del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional y extendió la medida de aislamiento preventivo.

Que por Decreto Nº 3576 del 3 de mayo de 2020, se establecieron las medidas restrictivas correspondientes a la Fase 1 del Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General (Cuarentena Inteligente), a partir del 4 al 25 de mayo de 2020, con sujeción a la evaluación técnica del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social recomendó la implementación de un Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General ante el Coronavirus (COVID-19). Este Plan denominado "Cuarentena

Inteligente ", es de carácter dinámico y ajustable, que en base a la situación vigente y proyecciones epidemiológicas establece cuatro (4) fases de incorporación progresiva de los sectores económicos y sociales a sus actividades regulares. Los sectores propuestos en cada fase, se dan en base al riesgo de contagio y la capacidad de control de la red de contactos. Según la evaluación técnica a realizarse en cada fase, se recomendará la habilitación de la siguiente ronda de incorporación de nuevos sectores o el cierre de los sectores autorizados.

Que según la evaluación técnica realizada con los indicadores establecidos en coordinación entre la Dirección General de Vigilancia de la Salud y la Dirección General de Planificación y Evaluación del MSPBS, para la permanencia, ingreso o retroceso de cada fase, actualmente se recomienda la habilitación de la siguiente ronda de incorporación de nuevos sectores.

Que en atención al planteamiento del área técnica competente, el proyecto para esta nueva etapa, fue elaborado por representantes de la Dirección General de Vigilancia de la Salud, de la Dirección General de Promoción de la Salud, de la Dirección General de Desarrollo de Servicios y Redes de Salud, de la Dirección General de Comunicación en Salud, por Asesores técnicos de la Dirección General de Gabinete del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Además, con los aportes...

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