Decreto No. 3959.- Por el cual se modifica parcialmente el Decreto No. 1113 del 14 de enero de 2019 “Por el cual se incorpora al Ordenamiento Jurídico Nacional el acuerdo de complementación económica 72 (ACE N° 72) entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, estados partes del Mercosur que suscriben este acuerdo, y el Gobierno

VISTO: El «Tratado de Montevideo 1980 - Asociación Latinoamericana de

Integración (ALADI)»; aprobado por Ley Nº 837/1980, con instrumento de ratificación depositado el 16 de febrero de 1981;

El «Tratado para la Constitución de un Mercado Común entre la República del Argentina, la República Federativa del Brasil, la República de Paraguay y la República Oriental del Uruguay» (Tratado de Asunción), aprobado por Ley Nº 9/1991, y su instrumento de ratificación depositado el 6 de agosto de 1991;

El «Acta Final de la Ronda de Uruguay del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)»; aprobado por Ley Nº 444/1994, con instrumento de ratificación depositado el 30 de noviembre de 1994;

El Decreto Nº 5130, del 19 de abril de 2005, «Por el cual se dispone la vigencia del Acuerdo de Complementación Económica Nº 59 (ACE Nº 59), suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur, y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, países miembros de la Comunidad Andina»;

El Decreto Nº 1113, del 14 de enero de 2019, «Por el cual se incorpora al ordenamiento jurídico nacional el Acuerdo de Complementación Económica Nº 72 (ACE Nº 72) entre los Gobiernos de la República

Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur que suscriben este Acuerdo, y el Gobierno de la República de Colombia»;

La presentación realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante la cual solicita modificar el Decreto Nº 1113, del 14 de enero de 2019; y

CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numerales 1) y 3), de la Constitución

Nacional atribuye a quien ejerce la Presidencia de la República la facultad de representar al Estado y dirigir la administración general del país, así como reglamentar las leyes.

Que la República del Paraguay es signataria del Tratado de Montevideo, del Tratado de Asunción y del Acuerdo de Marrakech.

Que es conveniente ofrecer a los agentes económicos reglas claras y previsibles a los efectos de propiciar una participación más activa de estos, en el desarrollo del comercio y la inversión entre los Estados Partes del Mercosur y el Gobierno de la República de Colombia.

Que por Decreto Nº 5130, del 19 de abril de...

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