Decreto No. 7268.- Por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto No. 6089/2021, «Por el cual se modifica parcialmente el artículo 14 del Decreto No. 4795/2021, 'Por el cual se dispone la realización del censo agropecuario nacional 2021, en el marco del proyecto de implementación del Sistema de Censos y Encuestas Agropecuarias (PISCEA), la creación del Comité Técnico y la Comisión Nacional del Censo Agropecuario, y faculta al Ministerio de Agricultura y Ganadería a través de la Dirección de Censo y Estadísticas Agropecuarias a realizar los trabajos preparatorios para el Censo Agropecuario Nacional'»

Asunción, 20 de junio de 2022

VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), mediante la cual se solicita la modificación parcial del artículo 1°, del Decreto N° 6089/2021, de conformidad con la Nota DCEA N.° 100/2022, presentada ante esa Secretaría de Estado por la Dirección de Censo y Estadísticas Agropecuarios (DCEA); y

CONSIDERANDO: Que el Decreto N.° 6089, de fecha 12 de octubre de 2021, modifica parcialmente el artículo 14 del Decreto N.° 4795/2021 «Por el cual se dispone la realización del Censo Agropecuario Nacional 2021, en el marco del Proyecto de Implementación del Sistema de Censos y Encuestas Agropecuarias (PISCEA), la creación del Comité Técnico y la Comisión Nacional del Censo Agropecuario y faculta al Ministerio de Agricultura y Ganadería a través de la Dirección de Censo y Estadísticas Agropecuarias a realizar los trabajos preparatorios para el Censo Agropecuario Nacional», estableciendo que el relevamiento de datos del Censo Agropecuario Nacional corresponderá al año 2022, y se llevará a cabo entre los meses de marzo a julio de 2022, de lunes a domingo, preferentemente de 07:00 a 17:00 horas.

Que de acuerdo con el Memorándum N.° 27/2022, remitido al Departamento de Censo y Estadísticas, y el Memorándum N.° 184/2022, radicado por este departamento ante la Dirección de Censo y Estadísticas Agropecuarias (DCEA), dependencias del Ministerio de Agricultura y Ganadería-MAG, el Cronograma de Actividades del Censo Agropecuario Nacional (CAN) 2022, fue ajustado, con base en el proceso de adquisiciones de las tabletas; instrumentos indispensables para definir el periodo de levantamiento de la operación censal, razón de la cual procede la necesidad de una nueva modificación del plazo del levantamiento del censo agropecuario, a fin de mitigar dicho inconveniente con soluciones oportunas.

Que conforme con la nota de referencia, la Dirección de Censo y Estadísticas Agropecuarios del MAG solicita la modificación del artículo 1° del Decreto N.° 6089/2021. que modifica parcialmente el articulo 14 del Decreto N.° 4795/2021, a fin de establecer que...

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