Decreto No. 8886.- Por el cual se suspenden los efectos del artículo 3º del Decreto No. 2133/2014, “Por el cual se establece la obligatoriedad para las empresas de transporte público del área metropolitana de Asunción de integrar sus respectivos parques automotores con unidades nuevas (0 kilómetros)” en el período comprendido del 1º de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2017

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

Ministerio de Obras públicas y Comunicaciones

Decreto N° 8886

POR EL CUAL SE SUSPENDEN LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 3°, DEL DECRETO N° 2133/2014, «POR EL CUAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD PARA LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE ASUNCIÓN DE INTEGRAR SUS RESPECTIVOS PARQUES AUTOMOTORES CON UNIDADES NUEVAS (0 KILÓMETRO)», EN EL PERIODO COMPRENDIDO DEL Io DE ENERO DE 2017 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017.

Asunción, 3 de mayo de 2018

VISTO: La presentación radicada por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, en la cual se eleva a consideración la recomendación de suspender los efectos del Artículo 3°, del Decreto N° 2133/2014, con relación a la renovación anual de buses equivalente al diez por ciento (10%) del parque automotor autorizado a cada empresa de transporte del Area Metropolitana de Asunción, especialmente con relación al periodo correspondiente al año 2017; y

CONSIDERANDO: Que conforme con el Artículo 238 de la Constitución son deberes y atribuciones del Presidente de la República, entre otros, representar al Estado y dirigir la administración general del país y dictar Decretos que, para su validez, requieren el refrendo del Ministro del ramo.

Que la Ley N° 109/1991, «Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley N° 15, de fecha 8 de marzo de 1990, “Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda”».

Que la Ley N° 167/1993, «Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley N° 5, de fecha 27 de marzo de 1991, “Que establece la estructura orgánica y funciones del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones”», en el Artículo 2° establece que el...

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