Decreto No. 9022.- Por el cual se modifica el Decreto Nº 2581, de fecha 10 de noviembre de 2014, «Que modifica el numeral 1.5 del anexo del Decreto Nº 8701/2012, de fecha 4 de abril de 2012; y se modifican los numerales 2.2.2, 2.23, 2.24.1 y 5.3; y deroga el numeral 2.14 del anexo del Decreto Nº 8701/2012, de fecha 4 de abril de 2012 por el cual se fijan y actualizan tasas y tarifas por la prestación de servicios aeronáuticos, aeroportuarios, meteorológicos y otros medios de recursos a cargo de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC)»
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
DECRETO N° 9023
POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO N° 2581, DE FECHA 10 DE NOVIEMBRE DE 2014, «QUE MODIFICA EL NUMERAL 1.5 DEL ANEXO DEL DECRETO N° 8701/2012, DE FECHA 4 DE ABRIL DE 2012; Y SE MODIFICAN LOS NUMERALES 2.2.2, 2.23, 2.24.1 Y 5.3; Y DEROGA EL NUMERAL 2.14 DEL ANEXO DEL DECRETO N° 8701/2012, DE FECHA 4 DE ABRIL DE 2012 POR EL CUAL SE FIJAN Y ACTUALIZAN TASAS Y TARIFAS POR LA PRESTACIÓNDE SERVICIOS AERONÁUTICOS, AEROPORWARlOS, METEOROLÓGICOS Y OTROS MEDIOS DE RECURSOS A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL (DINAC)».
Asunción, 4 de junio 2018
VISTO: La Nota P/DINAC N° 1248, del 17 de mayo de 2018, elevada por la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC), ante el Ministerio de Defensa Nacional, Expediente N° 1526/2018; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N0 8701/2012 y sus respectivos anexos, fueron fijadas y actualizadas las tasas y tarifas por la prestación de servicios aeronáuticos, aeroportuarios y otros medios de recursos a cargo de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC).
Que la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) solicita al Poder Ejecutivo la modificación del Decreto N° 2581/2014 que modifica el Numeral 1.5, del Decreto N° 8701/2012, así como la modificación de los Numerales 2.2.2, 2.23, 2.24.1 y 5.3; y derogación del numeral 2.14, del Anexo del Decreto N° 8701/2012, de fecha 4 de abril de 2012, por el cual se fijan y actualizan tasas y tarifas por la prestación de servicios aeronáuticos aeroportuarios, meteorológicos y otros medios de recursos a cargo de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC).
Que corresponde a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) establecer la política superior de la aviación civil y regular los aspectos económicos del transporte aéreo a fin de otorgar seguridad legal y previsibilidad económica, siendo el transporte aéreo un servicio público de interés y necesidad nacional orientado a satisfacer las necesidades de traslado de pasajeros, carga y correo.
Que al establecer políticas y estrategias para el desarrollo del transporte aéreo nacional e internacional en la República del Paraguay, se ha tomado en consideración el fomento de la industria del turismo y el comercio exterior, por lo cual la DINAC por ende el Estado Paraguayo, desde el año 2005 ha implementado dentro de su Política Aerocomercial, una mayor apertura de los mercados o «Cielos Abiertos» habiendo suscripto varios comemos bilaterales y...
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