Decreto No. 9105.- Por el cual se modifica el artículo 8 del Decreto No. 11015/2013 “Por el cual se crea el Nuevo Sistema de Registro de Pago a Proveedores del Estado y se derogan los artículos 100 y 132 del Decreto No. 21909/2003 y el Decreto No. 12318/2008”

POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 8° DEL DECRETO N° 11.015/2013, «POR EL CUAL SE CREA EL NUEVO SISTEMA DE REGISTRO DE PAGO A PROVEEDORES DEL ESTADO Y SE DEROGAN LOS ARTÍCULOS 100 Y132 DEL DECRETO N° 21.909/2003 Y EL DECRETO N° 12.318/2008».

Asunción, de de 2018

VISTO: La presentación efectuada por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), individualizada en el Ministerio de Hacienda como SIME M.H. N° 24.988/2018, en la que se solicita la modificación del Artículo 8° del Decreto N° 11.015/2003, «Por el cual se crea el nuevo Sistema de Registro de Pago a Proveedores del Estado y se derogan los Artículos 100 y 132 del Decreto N° 21.909/2003 y el Decreto N° 12.318/2008»;

La Ley N° 2051/2003, «De Contrataciones Públicas»;

El Decreto N° 21.909/2003, «Por el cual se reglamenta la Ley N° 2051/2003 'De Contrataciones Públicas”», modificado por el Decreto N° 5174/2005;

La Ley N° 3439/2007, «Que modifica la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas” y establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas»; y

CONSIDERANDO: Que el Sistema de Registro de Pago a Proveedores del Estado tiene por objeto registrar todos los pagos que realiza el Estado a proveedores y otros acreedores, facilitando el acceso público a la información que permita el control y la transparencia en las actuaciones administrativas, así como los datos referentes a la contribución del cero coma cuatro por ciento (0,4%) del monto de los contratos suscritos, conforme a lo dispuesto en el Artículo 41 de la Ley N° 2051/2003, modificado por el Artículo 1° de la Ley N° 3439/2007.

Que dichas contribuciones sobre contratos suscritos con el Estado constituyen los recursos institucionales de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y conforman el patrimonio de la misma, según lo establecido en el Artículo 11 déla LeyN°3439/2007.

Que el Decreto N° 11.015/2013, en su Artículo 8° faculta a la Dirección de Verificación de Contratos de la DNCP a realizar los controles necesarios para garantizar el cumplimiento efectivo de dicho acto administrativo y sus reglamentaciones.

Que el Artículo 9° de la Ley N° 3439/2007 estipula entre las funciones de la Dirección Administrativa...

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