Decreto No. 9200.- Por el cual se dispone la implementación, funcionamiento y uso obligatorio de los Sitemas Informáticos de Gestión del Gabinete Civil de la presidencia de la República del Paraguay

POR EL CUAL SE DISPONE LA IMPLEMENTACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y USO OBLIGATORIO DE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE GESTIÓN, DEL GABINETE CIVIL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY.

Asunción, 10 de julio de 2018

VISTO: La Nota PR/GC/2018/4210, del 19 de junio de 2018, de la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicación (DGTIG) de la Presidencia de la República, mediante la cual solicita se disponga la implementación, funcionamiento y el uso obligatorio de los sistemas informáticos de gestión, en el Gabinete Civil de la Presidencia de la República del Paraguay.

El Decreto - Ley N° 3872, del 31 de mayo de 1944, «Que Organiza los Servicios de la Presidencia de la República».

La Ley N° 9, del 22 julio de 1948, «Que aprueba todos los Decretos- Leyes dispuestos por el Poder Ejecutivo, desde el 18 de febrero de 1940 hasta el 31 de marzo del 1948».

El Decreto N° 4526, del 4 de junio de 2010, «Por el cual se establece el procedimiento para la edición y publicación de la Gaceta Oficial y se organiza el Registro Oficial de la República del Paraguay».

El Decreto N° 8800, del 25 de abril de 2012, «Por el cual se reorganiza el Gabinete Civil de la Presidencia de la República».

El Decreto N° 6234, del 8 de noviembre de 2016, «Por el cual sé declara de interés nacional la aplicación y el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) en la gestión pública, y se define la estructura mínima con la que deberá contar y se establece otras disposiciones para su efectivo funcionamiento».

El Decreto N° 2794, del 16 de diciembre de 2014, «Por el cual se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo Paraguay 2030»; y

CONSIDERANDO: Que en el Artículo 238, Numeral 1), de la Constitución faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a dirigir la administración general del país.

Que el Gabinete Civil de la Presidencia de la República es un órgano público, con competencia para asistir, asesorar y coordinar la gestión del titular del Poder Ejecutivo, y como tal, administra los servicios de la Presidencia de la República, de conformidad con lo Restablecido en el Decreto N° 8800, del 25 de abril de 2012 por el cual se reorganiza el Gabinete Civil de la Presidencia de la República», en concordancia con el Decreto-Ley N° 3872, del 31 de mayo de 1944, «Que Organiza los Servicios...

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