Ley No. 6087.- Que apreba el acuerdo marco de comercio entre el Mercosur y la República Islámica de Pakistán
QUE APRUEBA EL ACUERDO MARCO DE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE PAKISTÁN
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ACUERDO MARCO DE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE PAKISTÁN
La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay, y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y la República Islámica de Pakistán;
Considerando las fuertes complementariedades en sus estructuras industrial y comercial, así como la voluntad de desarrollar en mayor grado las relaciones económicas y comerciales de las Partes Contratantes;
Deseando establecer reglas claras, predecibles y duraderas para estimular el desarrollo recíprocos del comercio de bienes, servicios e inversiones.
En consonancia con las reglas del comercio internacional acordes con las reglas de la Organización Mundial de Comercio;
Convencidos del rol esencial que tiene el comercio para alcanzar niveles más altos de cooperación económica, expansión de la producción y oportunidades de inversión así como en la promoción del bienestar entre las Partes Contratantes;
Reconociendo que la liberalización progresiva del comercio en bienes y servicios y la eliminación de barreras al comercio por medio de Acuerdos Preferenciales de Comercio conducentes a un Acuerdo de Libre Comercio, facilitarán la expansión del comercio y los flujos de inversiones y alentarán una cooperación económica más extensa y profunda;
Considerando que el proceso de integración económica incluye no sólo una gradual y recíproca liberalización comercial sino también el establecimiento de una mayor cooperación económica;
Enfatizando la necesidad de realizar sucesivas rondas de negociación comercial para la expansión, mejoramiento y reforzamiento del sistema de comercio preferencial entre las Partes Contratantes;
Reafirmando su compromiso de obtener el objetivo de este Acuerdo Marco dando la debida atención a los procedimientos y cronograma para su implementación;
Acuerdan:
ARTÍCULO...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba