Ley No. 6589.- Que impulsa las operaciones comerciales de importación, exportación y tránsito de mercaderías a través de la disminución de los costos operativos en los puertos y aeropuertos nacionales

Publicado enGaceta Oficial de la República del Paraguay

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1º OBJETO.

La presente Ley tiene por objeto, incentivar el tráfico comercial en las operaciones de importación y exportación, a través de la disminución de los costos operativos en los puertos y aeropuertos nacionales, teniendo en cuenta la actual coyuntura económica por la que atraviesa el país por la pandemia declarada a causa del Coronavirus (COVID-19).

Artículo 2º AUTORIDAD DE APLICACIÓN.

Son autoridades de aplicación de la presente Ley, que entenderán en el ámbito de sus respectivas competencias, las siguientes:

  1. Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP).

  2. Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC).

Artículo 3º REDUCCIÓN DE TASAS Y TARIFAS DE AEROPUERTOS NACIONALES.

Se reducirá en un 30% (treinta por ciento) el monto de las tasas y tarifas vigentes a la fecha de promulgación de la presente Ley establecidas para los usuarios regulares y no regulares por servicio aeroportuaios de carga aérea de importación, exportación y tránsito, establecidos según el Decreto No. 8701/2021 "POR EL CUAL SE FIJAN Y ACTUALIZAN LAS TASAS Y TARIFAS POR LA PRESENTACIÓN DE SERVICIOS AERONÁUTICOS, AEROPORTUARIOS, METEOROLÓGICOS Y OTROS MEDIOS DE RECURSOS A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL -DINAC y sus modificaciones"

Artículo 4º REDUCCIÓN DE TASAS Y TARIFAS EN PUERTOS NACIONALES.

Se reducirá...

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