Ley No. 6740.- Que establece la exoneración en el pago para la renovación de la cédula de identidad policial y expedición del certificado de antecedente policial a personas con discapacidad
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y
La presente Ley tiene por objeto exonerar del pago para la renovación de la Cédula de Identidad Policial y el Certificado de Antecedente Policial a las personas con discapacidad; expedidos por la Dirección General de Identificaciones de la Policía Nacional.
Son sujetos beneficiarios de la presente Ley, las personas con discapacidad debidamente comprobada; a través de la calificación y certificación expedida por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).
A los efectos de la presente Ley se entenderá por:
-
Persona con Discapacidad: son aquellas personas con diversidades funcionales, sean estas físicas o motoras, psico-sociales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar impidan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones.
-
Certificado de Discapacidad: Es el documento oficial, expedido a solicitud de parte, por la Dirección de Valoración de Discapacidad y Registro Nacional de la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS), a cada sujeto comprendido en la presente Ley; en el cual se califica y certifica la discapacidad.
Será requisito indispensable para acceder a la exoneración del pago para la renovación de la Cédula de Identidad Policial y la expedición del Certificado de Antecedente Policial, la presentación del certificado de discapacidad otorgado por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).
Los recursos que demande el cumplimiento de la presente Ley, deben incorporarse al Presupuesto General de la Nación de las Instituciones responsables para el ejercicio fiscal...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba