Ley No. 6770.- Que amplía la vigencia de los artículos 1º, 6º, 10, 11, 12, 42, 43, 44 y 45 de la Ley No. 6524/2020 «Que declara Estado de Emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud a causa del Covid-19 o Coronavirus y se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras», y sus modificaciones correspondientes en la Ley No. 6600/2020 y la Ley No. 6613/2020, hasta el 31 de diciembre de 2021

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1

º Ampliase la vigencia de los artfculos 1º, 6º, 10, 11, 12, 42, 43, 44 y 45 de la Ley Nº 6524/2020 "QUE DECLARA ESTADO DE EMERGENCIA EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY ANTE LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD A CAUSA DEL COVID-19 O CORONAVIRUS Y SE ESTABLECEN MEDIDAS ADMIN ISTRATIVAS, FISCALES Y FINANCIERAS", y sus modificaciones correspondientes en la Ley Nº 6600/2020 y la Ley Nº 6613/2020, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Artículo 2 º Comuniquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Camara de Diputados, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil veintiuno, y por la Honorable Camara de Senadores, a un dia del...

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