Que Organiza la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones

Año2008
Fecha de recepción16 Septiembre 2008
Número de expedienteD-0811649
Autor de la iniciativa1. Dip. Elvis Ramón BALBUENA - P.L.R.A
Proyecto de Ley que organiza la Dirección de Vialidad del






Congreso Nacional

Honorable Cámara de Diputados

E X P O S I C I O N D E M O T I V O S

Esta Consultoría está orientada a definir la Responsabilidad Pública y Privada en el proceso de realización del Tramo Vial. En la consecución de ese objetivo se ha procedido al análisis del estado de situación que implico la revisión del cúmulo de disposiciones de diversas jerarquías que regulan el manejo y la relación interna del MOPC, en particular las referidas al funcionamiento de la Dirección de Vialidad, unidad que representa la gestión y realización de las obras viales.

Esta presentación constituye una parte de las propuestas normativas comprometidas en la realización de la Consultoría, su presentación en carácter de adelanto obedece a la intención de disponer un tiempo suficiente que permita el análisis y la consideración inter partes que podrían resultar beneficiosos al objeto del servicio.



Aspectos normativos

Todas las disposiciones que fueron dictándose a través del tiempo respondieron a la intención de atender situaciones que en su momento resultaron pertinentes. Ese proceso de crecimiento cuantitativo de normas y regulaciones hizo que fuera necesaria en algún momento la organización de todas ellas con un criterio de centralización que ayudara a restablecer un orden de definiciones armonizadas en cuanto a las atribuciones, competencias y responsabilidades de cada repartición.

Si bien las disposiciones normativas vigentes organizan las atribuciones y competencias funcionales, las mismas están indicadas, expresadas y manifestadas en términos enunciativos y en diferentes niveles de instrumentación (Leyes, Decretos, Resoluciones) que aunque ajustadas a derecho, no están instrumentadas de modo a que las responsabilidades se encuentren suficientemente definidas y especificadas.



La dispersión normativa

La dispersión normativa en el orden interno del MOPC así como el desconocimiento de sus alcances impide consultar con claridad las medidas y calificaciones de las decisiones asumidas en los diferentes procedimientos relativos a la realización del tramo vial, provocando en consecuencias, por parte de los involucrados, providencias sin definición ni contenido estricto, escuetas, recatadas y de mero pronunciamiento que en muchos casos no ayudan a resolver y agilizar el proceso sino que provocan retrasos burocráticos inconducentes.

La centralización normativa del orden interno de la Dirección de Vialidad, a través de un instrumento de jerarquía en el orden de prelación de las leyes (Ley o Decreto) es un imperativo para la definición mediata e inmediata de las responsabilidades en la ejecución del tramo vial.

Es posible que un Decreto Reglamentario resulte un paliativo a las consideraciones expuestas, pero su instrumentación implicaría un riesgo de implementación que podría conducir las buenas intenciones hacia efectos inocuos.



Contenido de la propuesta

La idea de esta propuesta es que los actores internos con responsabilidad pública, involucrados en la realización del tramo vial, dispongan de una herramienta legal que les permita actuar con eficiencia y eficacia, sin ninguna duda en cuanto a la claridad del ámbito de las competencias y atribuciones asignadas a cada repartición y consecuentemente la responsabilidad que le corresponde a cada actor por las acciones o decisiones que pudiera asumir en el cumplimiento de sus funciones.

Se propone el Proyecto de la presente Ley, al amparo de lo dispuesto artículo 238 numeral 3 de la Constitución Nacional, que acuerda potestad al Poder Ejecutivo en la formación, reglamentación y control del cumplimiento de las normas jurídicas. El artículo 4, inciso f de la Ley 167/93, que consagra la atribución de programar, administrar recursos humanos para responder a las necesidades nacionales e institucionales de sus funciones; y

La propuesta está orientada a atender la necesidad de organizar estructural y funcionalmente la Dirección de Vialidad, de manera que la preparación y ejecución de proyectos sean operativizados con la eficacia y eficiencia requeridas a la Administración Pública, particularmente a la gestión dinámica de los objetivos trazados por el Gobierno Nacional en materia de infraestructura vial a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones a fin de dar cumplimiento a los compromisos establecidos en los diversos convenios de préstamos suscritos con los organismos de créditos internacionales.-

La reorganización y centralización normativa de la Dirección de Vialidad se orienta a cumplir de forma dinámica, eficaz y eficiente con los planes de descentralización y modernización administrativa encarada por el Superior Gobierno Nacional a fin dinamizar la gestión de los programas y políticas nacionales enunciados en el marco de la Reforma del Estado.-

La Dirección de Vialidad, como unidad orgánica del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, cumple una función esencial en la elaboración, proposición y ejecución de planes, programas y proyectos viales, en el plan de desarrollo económico del país, por lo que su organización interna requiere una definición precisa de responsabilidades funcionales.-



Consideraciones finales

Que, es necesario reunir en una única disposición, las diversas normativas que regulan el funcionamiento de la Dirección de Vialidad.

Que, la centralización normativa, permitirá definir con claridad los alcances de las responsabilidades que corresponden a cada repartición, permitiendo un funcionamiento eficaz, eficiente y de comunicación horizontal, en la gestión de sus respectivas actividades.

Que el proyecto presentado, en ese carácter, permite su análisis y debate oportuno a fin de habilitar la incorporación de definiciones técnicas o jurídicas, instrucciones jurídicas o administrativas que pudieran resultar pertinentes.


L E Y Nº. . . . . .


QUE ORGANIZA LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES


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EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

TITULO PRIMERO


DISPOSICIONES GENERALES


CAPITULO ÚNICO


Artículo 1º.- DEFINICIONES


Caminos vecinales: son todos aquellos caminos, con independencia de sus características técnicas, (trazado, capacidad, tipo de superficie de rodadura, estado de conservación o mantenimiento, con o sin obras de arte, obras de protección) habilitados para el tránsito vehicular o automotor, que unen caseríos, poblados, asentamientos humanos, compañías, distritos, pueblos, ciudades que no formen parte de tramos de rutas nacionales.


Rutas nacionales: son todos aquellos tramos viales, con independencia de sus características técnicas, cuyo inicio, recorrido, extensión, y finalización, están formalmente definidos por el MOPC.

Zona Urbana: Área comprendida dentro del ejido municipal. La definición de la Zona Urbana es competencia de los municipios, cuya autoridad define los límites correspondientes.

Zona Rural: El área comprendida fuera de los límites de extensión urbana. Está definida a partir de la finalización del área urbana de cada municipio.

Rutas Departamentales: Son todos aquellos tramos viales, con independencia de sus características técnicas y denominación formal, comprendidas dentro de los limites departamentales.

Rutas Interdepartamentales: Son todos aquellos tramos viales, con independencia de sus características técnicas y denominación formal, que trascienden los limites de uno o más departamentos.

TÍTULO SEGUNDO

NATURALEZA Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD


CAPÍTULO ÚNICO


Artículo 2º.- Naturaleza


La Dirección de Vialidad es un organismo dependiente del Viceministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. Sus funciones están determinadas en el presente decreto.





Artículo 3º.- De sus funciones


  1. Elaborar y proponer de planes, programas y proyectos viales, en el plan de Desarrollo Económico del país y ejecutarlos una vez aprobados.


  1. Ejecutar los proyectos del plan vial nacional a ser realizados por administración y fiscalizar o hacer fiscalizar, bajo su coordinación, los que deben serlo por contratistas.


  1. Realizar gestiones correspondientes ante organismos nacionales e internacionales para la contratación de préstamos para obras viales y afines, de conformidad a las disposiciones legales vigentes.


  1. Levantar el inventario de caminos y mantener actualizado el mapa de la red vial nacional.


  1. Operar y administrar el servicio de balanzas a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.


  1. Reglamentar y controlar las dimensiones y peso de los vehículos que transitan en las rutas nacionales.


  1. Representar al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, previa autorización de este o del Poder Ejecutivo en...

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